En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se hace pública la decisión de no someter el proyecto sectorial del parque eólico singular de Mondoñedo, promovido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, al procedimiento establecido en su artículo 7.
Esta decisión se puede consultar en la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en la siguiente dirección de internet: http://aae.medioambiente.xunta.es/
Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 2012
Justo de Benito Basanta
Secretario general de Calidad y Evaluación Ambiental