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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Viernes, 28 de septiembre de 2012 Pág. 37515

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 26 de septiembre de 2012 por la que se modifican las bases reguladoras de los Premios Coopera Galicia Entidades Locais, aprobadas por Orden de 18 de mayo de 2012 (DOG nº 101, de 29 de mayo).

La Orden de 18 de mayo de 2012 estableció las bases reguladoras y la convocatoria pública de los Premios Coopera Galicia Entidades Locais para distinguir las iniciativas de fomento del asociacionismo municipal mediante proyectos piloto de gestión compartida de servicios por parte de agrupaciones de ayuntamientos, mancomunidades, consorcios locales y áreas metropolitanas de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 101, de 29 de mayo).

Las bases reguladoras de estos premios, que se adjuntan como anexo I de dicha disposición, detallan en la base novena el plazo para dictar y notificar a los interesados la resolución. Este plazo se estableció en concordancia con lo previsto en el artículo 23.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, según el cual el plazo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de nueve meses, computándose a partir de la publicación de la convocatoria salvo que esta posponga los efectos a una fecha posterior.

Asimismo, en la base novena, y en relación con esta en la base tercera, se establece el 1 de noviembre como fecha límite para el inicio de las actuaciones para la ejecución de los proyectos premiados.

Sin embargo, ambos plazos establecidos, tanto el referido a la resolución y notificación del procedimiento como el de inicio de los proyectos premiados, resultan de difícil cumplimiento por la complejidad de la documentación aportada. Por este motivo, con el fin de hacer viable el procedimiento de concesión de los premios en sus fases de instrucción y valoración, así como el inicio de la puesta en marcha de los proyectos premiados, considerando que no se causa perjuicio a terceros, es procedente ampliar dichos plazos.

De acuerdo con la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, con el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de subvenciones, con el Decreto 7/2011, de 20 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y con lo dispuesto en la Orden de 18 de mayo de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública de los Premios Coopera Galicia Entidades Locais para distinguir las iniciativas de fomento del asociacionismo municipal mediante proyectos piloto de gestión compartida de servicios por parte de agrupaciones de ayuntamientos, mancomunidades, consorcios locales y áreas metropolitanas de la Comunidad Autónoma de Galicia,

Dispongo:

Artículo 1

Se modifica la base octava.3 de la Orden de 18 de mayo de 2012, que queda redactada en los siguientes términos:

«El plazo para dictar y notificar a los interesados la resolución será el 20 de octubre de 2012. El vencimiento del citado plazo sin que se notifique la resolución expresa legitima a los interesados para entender desestimada su candidatura por silencio administrativo».

Artículo 2

Se modifica la base novena.1 de la Orden de 18 de mayo de 2012, que queda redactada en los siguientes términos:

«Los beneficiarios del premio económico deberán remitir antes del día 1 de diciembre de 2012 la acreditación del inicio de la ejecución del proyecto premiado, mediante certificación de la secretaría de la mancomunidad, consorcio o área metropolitana. En la categoría de agrupaciones de ayuntamientos, la certificación será emitida por el secretario del ayuntamiento que tenga atribuida la representación de la agrupación».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2012

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia