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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Miércoles, 19 de septiembre de 2012 Pág. 36655

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 27 de agosto de 2012, del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar (expediente XC-00700-O-2012).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el jefe territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.

Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción del 25 % de su importe en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.

Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.

A Coruña, 27 de agosto de 2012

César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Última dirección conocida

Infracción cometida

Fecha; hora; carretera; p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

XC-00700-O-2012

7318-DZR

Guardia Civil 1500 C35644I

Manuel Suárez Lafuente

32751901Q

Avda. de Hércules, 80

15002 A Coruña

Exceso de peso sobre la MMA superior al 6 % hasta el 15 %, en vehículos de hasta 10 t. Exceso de peso superior al 13 %.

27.2.2012; 20.03; AC-551; 1

Art. 142.2 LOTT, Art. 199.2 ROTT

Art. 143.1.c LOTT, Art. 201.1.c ROTT

371 euros