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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Jueves, 6 de septiembre de 2012 Pág. 35393

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 6 de agosto de 2012 por la que se notifica la incoación de expediente sancionador por infracción urbanística 107 C 2012/16-0.

La jefa del Servicio de Inspección Urbanística III acordó, el 9 de julio de 2012, incoar el expediente sancionador 107 C 2012/16-0 a María Mercedes Lage Montenegro como presunta responsable de una infracción urbanística muy grave tipificada en el artículo 217.2.b) de la LOUG, por la ejecución de obras de ampliación de una edificación tradicional en el lugar de Lagares, parroquia de Pesqueiras, en el ayuntamiento de Chantada.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

La interesada dispone de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produjese la notificación de esta cédula, para presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 6 de agosto de 2012

Por sustitución (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística