En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo; en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal; en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia; y en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico de Galicia, se somete a información pública la solicitud presentada por Aldesa Energías Renovables de Galicia, S.L. para las instalaciones que se describen a continuación:
Solicitante: Aldesa Energías Renovables de Galicia, S.L.
Domicilio social: Juan de la Cierva, 18. Polígono industrial A Grela, 15008 A Coruña.
Denominación del proyecto: Parque Eólico Xalo.
Municipios afectados: Cerceda y Culleredo.
Potencia a instalar: 45 MW.
Presupuesto total: 52.241.031,86 €.
Localización (área de afección):
X |
Y |
|
1 |
546.500 |
4.785.100 |
2 |
547.300 |
4.785.100 |
3 |
547.300 |
4.785.600 |
4 |
547.800 |
4.786.200 |
5 |
548.800 |
4.786.500 |
6 |
548.800 |
4.787.000 |
7 |
547.300 |
4.787.000 |
Aerogeneradores.
Denominación AG |
UTM H29 ED50 |
|
X |
Y |
|
A-01 |
547.044 |
4.785.367 |
A-02 |
547.006 |
4.785.615 |
A-03 |
547.278 |
4.785.945 |
A-04 |
547.276 |
4.786.287 |
A-05 |
547.508 |
4.786.282 |
A-06 |
547.506 |
4.786.620 |
A-07 |
547.700 |
4.786.615 |
A-08 |
548.074 |
4.786.710 |
A-09 |
548.325 |
4.786.694 |
A-10 |
548.586 |
4.786.692 |
Torre meteorológica.
Denominación AG |
UTM H29 ED50 |
|
X |
Y |
|
Torre meteorológica |
547.805 |
4.786.333 |
Características técnicas de las instalaciones:
10 aerogeneradores Gamesa G-128 de 4.500 kW de potencia nominal unitaria y 120 metros de altura del buje.
10 centros de transformación de 5.000 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,690/30 kV, Dyn11, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador con la correspondiente aparamenta de maniobra y protección.
Líneas eléctricas enterradas de 30 kV de tensión nominal en canalización entubada, normalmente bajo vial o bien en terreno libre, para la evacuación de energía generada e interconectando los centros de transformación 0,690/30 kV y la subestación transformadora 30/66 kV.
Subestación transformadora, equipada con transformador de 50/55 (ONAN/ONAF) MVA y relación de transformación 66/30 KV, celdas de media tensión 30 KV, transformador de servicios auxiliares de 100 KVA y relación 30/0,400 KV, aparatos de medida, protección, telemando y control.
1 torre meteorológica de celosía autosoportada de 120 m de altura.
Objeto de la información pública:
La autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública de las instalaciones. Esta declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, la necesidad de la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.
El estudio de impacto ambiental.
El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:
La relación concreta e individualizada de los propietarios, bienes y derechos afectados figura en el anexo que se inserta con esta resolución.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en la relación del anexo de esta resolución, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hubiesen sido omitidos, para que puedan examinar el expediente en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, sita en el Edificio Administrativo Monelos, calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, y presentar sus alegaciones en el plazo de 30 días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación o de la notificación individual.
A idénticos efectos y en el plazo de 30 días que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de este anuncio, el estudio de impacto ambiental correspondiente a las instalaciones del Parque Eólico Xalo se podrá examinar en la Jefatura Territorial de Economía e Industria de A Coruña, así como en los ayuntamientos de Cerceda y Culleredo y en la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. Asimismo, se podrá examinar el proyecto de ejecución y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal en los ayuntamientos de Cerceda y Culleredo y en las dependencias de la Jefatura Territorial de la Consellería de Industria de A Coruña.
Una vez finalizado el plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria.
Esta publicación se hace igualmente a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con los interesados que sean desconocidos, o cuando se ignore el lugar o el medio de la notificación o bien, si intentada la notificación, no se pudiese realizar. Las diligencias relativas al expediente se entenderán con el Ministerio Fiscal en los supuestos previstos en el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
A Coruña, 3 de agosto de 2012
Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña