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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Viernes, 10 de agosto de 2012 Pág. 32191

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 23 de julio de 2012 por la que se extingue la autorización del centro privado Litocentro, del municipio de Ourense, por cese de actividades docentes.

La titular del centro privado Litocentro, del municipio de Ourense, solicita la extinción de la autorización por cese de actividades.

El expediente se tramita de conformidad con el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Extinguir de conformidad con el artículo 17.1 del Decreto 133/1995, por cese en sus actividades docentes, a instancia de la titular del centro, la autorización del centro privado que se señala a continuación:

Denominación: CPR Litocentro.

Código del centro: 32015633.

Domicilio: calle Francisco de Moure, nº 2, bajo.

Municipio: Ourense.

Provincia: Ourense.

Titular: Rosa María Gándara Rodríguez.

Enseñanzas que se extinguen: todas las autorizadas (ciclo formativo de grado medio de Peluquería en turno de mañana y de tarde-noche).

Segundo. La presente extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 23 de julio de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria