En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y teniendo en cuenta lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos (modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo) y en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia y en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, se somete a información pública la solicitud formulada por AV Serra de Liñares, S.L., para las instalaciones que a continuación se describen:
Peticionario: AV Serra de Liñares, S.L.
Vía Faraday nº 1 - 2º derecha.
Polígono de O Tambre.
CP 15890 Santiago de Compostela (A Coruña).
Situación: ayuntamientos de A Fonsagrada y Negueira de Muñiz (Lugo).
Emplazamiento:
Zona: 2.
Área de desarrollo eólico (ADE): Serra de Liñares I - 2 - 9.
Poligonal de delimitación:
UTM X |
UTM Y |
|
A |
660.000,00 |
4.781.000,00 |
B |
664.664,00 |
4.780.151,00 |
C |
666.175,00 |
4.778.133,00 |
D |
667.110,00 |
4.777.559,00 |
E |
668.000,00 |
4.774.000,00 |
F |
665.000,00 |
4.771.000,00 |
G |
662.000,00 |
4.775.000,00 |
Aerogeneradores:
UTM X |
UTM Y |
|
SL-01 |
661.411,00 |
4.777.915,00 |
SL-02 |
661.670,00 |
4.777.652,00 |
SL-03 |
661.909,00 |
4.777.084,00 |
SL-04 |
663.093,00 |
4.776.949,00 |
SL-05 |
663.240,00 |
4.776.656,00 |
SL-06 |
663.360,00 |
4.774.795,00 |
SL-07 |
663.545,00 |
4.774.489,00 |
SL-08 |
663.715,00 |
4.774.174,00 |
SL-09 |
663.910,00 |
4.773.869,00 |
SL-10 |
664.089,00 |
4.773.564,00 |
SL-11 |
666.333,00 |
4.777.793,00 |
SL-12 |
666.406,00 |
4.777.264,00 |
SL-13 |
666.511,00 |
4.776.788,00 |
SL-14 |
666.528,00 |
4.776.421,00 |
SL-15 |
666.810,00 |
4.776.075,00 |
SL-16 |
666.906,00 |
4.775.394,00 |
Antena meteorológica:
UTM X |
UTM Y |
|
Torre 1 |
662.922,00 |
4.777.107,00 |
Potencia nominal: 48 MW.
Producción neta anual estimada: 125.113 MWh/año.
Presupuesto total: 50.307.935,77 euros.
Características técnicas principales:
• 16 aerogeneradores Vestas-112 de 3.000 kW de potencia nominal unitaria, de 94 m de altura de buje y 112 m de diámetro de rotor.
• 16 centros de transformación de 3.350 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,69/30 kV, Dyn11, instalados individualmente en el interior de cada aerogenerador con sus correspondientes aparatajes de seccionamiento, maniobra y protección.
• 1 torre meteorológica autoportante de 100 m de altura, equipada con veletas, anemómetros, medidores de temperatura e de presión e registrador de datos.
• Caminos o viales de zahorra, con 6 m de anchura mínima, para el acceso a aerogeneradores, torre anemométrica, edificio de control y subestación eléctrica.
• Líneas eléctricas subterráneas de 30 kV de tensión nominal normalmente en conductor directamente enterrado y mayoritariamente en paralelismo con los viales, para a evacuación de energía generada, de interconexión entre centros de transformación 0,65/30 kV y subestación transformadora 30/132 kV.
• Subestación transformadora tipo PASS con un transformador principal 30/132 kV intemperie, YNd11, de 50/55 MVA ONAN/ONAF de potencia nominal, y otro de servicios auxiliares 30/0,4 kV de 100 kVA, YZn11, con los correspondientes equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida y protección.
• Edificio de control en el que se situarán, entre otros, las celdas de línea, de protección y de medida.
Objeto de información pública:
• Proyecto de ejecución de las instalaciones descritas para los efectos de su autorización administrativa, aprobación y declaración de utilidad pública (que llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/97, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación para los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones) así como para su reconocimiento como instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial.
• Estudio de impacto ambiental.
• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se inserta como anexo de este anuncio, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fueran omitidas, para que puedan examinar el proyecto y presentar las objeciones o alegaciones que consideren oportunas, en esta jefatura territorial con domicilio en el edificio administrativo ronda de la Muralla 70, Lugo (27071), en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la última publicación de este anuncio o de su notificación individual.
Para idénticos efectos y en el mismo plazo el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal podrá ser examinado en las dependencias de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria en Lugo, y en los ayuntamientos de A Fonsagrada y Negueira de Muñiz (Lugo) y el estudio de impacto ambiental en las dependencias de esta jefatura territorial, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en Lugo y en esos ayuntamientos.
Finalizado el plazo, el expediente junto con las alegaciones recibidas, se remitirán a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria. Esta publicación se realiza igualmente para los efectos determinados por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, no se sepa el lugar o el medio de notificación, o bien, cuando intentada la notificación no se pudiera realizar.
Lugo, 26 de junio de 2012
José Manuel Vázquez Leirado
Jefe territorial de Lugo