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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Miércoles, 11 de julio de 2012 Pág. 27822

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 21 de junio de 2012 por la que se notifica la imposición de una segunda multa coercitiva a Balbino Bellón Fernández (expediente IU3/58/2012), por ignorarse el lugar de la notificación.

El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por sustitución de la directora, acordó, en fecha 12 de junio de 2012, imponer una segunda multa coercitiva a Balbino Bellón Fernández, como consecuencia del incumplimiento de las resoluciones de 21 de enero de 2010 y de 31 de agosto de 2011, por las que se ordena la demolición de las obras de construcción de una edificación destinada a bodega, situadas en la calle de As Laxes, ayuntamiento de Lugo.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicho acuerdo.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra este acuerdo, el interesado puede interponer recurso de reposición ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2012

P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística