De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se indica la resolución del expediente administrativo instruido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y siguientes del Código civil, por no ser posible dicha notificación en el último domicilio que consta en el expediente en esta jefatura territorial.
El interesado podrá interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra que por turno corresponda, en un plazo de tres meses desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, sin necesidad de reclamación administrativa previa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.
El correspondiente expediente obra en el Servicio de Familia y Menores de la Jefatura Territorial en Vigo.
Vigo, 6 de junio de 2012
Carmen Bianchi Valcarce
Jefa territorial de Vigo
ANEXO
Nº expediente: 2010/194-5.
Interesado: Rubén Varela Fernández.
Domicilio: desconocido.
Asunto: notificación de una resolución administrativa de fecha 29 de diciembre de 2011.