En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se hace pública la decisión de no someter el Plan parcial del suelo urbanizable industrial en Estramundi de Abaixo, ayuntamiento de Padrón, al procedimiento establecido en su artículo 7.
Esta decisión se puede consultar en la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en la siguiente dirección de internet: http://aae.medioambiente.xunta.es/
Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2012
Justo de Benito Basanta
Secretario general de Calidad y Evaluación Ambiental