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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 15 de junio de 2012 Pág. 23729

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 28 de mayo de 2012 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva (expediente IU3/59/2012), devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, en fecha 16 de abril de 2012, imponer una multa coercitiva a Manuel Fernández Ares, como consecuencia de incumplir las resoluciones de 31 de agosto de 2006 y 29 de octubre de 2007, por las que se ordena la reposición de los terrenos afectados por la actividad de explotación de cantera que se lleva a cabo en el paraje de A Morteira, en el termino municipal de Carballeda de Valdeorras, provincia de Ourense.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicho acuerdo.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra este acuerdo, el interesado puede interponer recurso de reposición ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2012

Jose María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística