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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miércoles, 13 de junio de 2012 Pág. 23203

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 18 de mayo de 2012, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2012021TA-OU, incoado por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha 10 de abril de 2012, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad en Ourense acordó el inicio del expediente sancionador 2012021TA-OU, a Pablo Manuel Fernández Álvarez DNI 11441329W, como titular del establecimiento Tapería Sidrería El Asturiano.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo, se notifica a Pablo Manuel Fernández Álvarez DNI 11441329W, como titular del establecimiento Tapería Sidrería El Asturiano, dicho acuerdo de inicio que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de la misma.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, según lo dispuesto en el número 1 del artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situada en la avda. de Zamora, nº 13, Ourense, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que en caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el mencionado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso a cerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Ourense, 18 de mayo de 2012

María Villar Suárez
Jefa territorial de Ourense

ANEXO

Expediente sancionador 2012021TA-OU.

Denunciado: Pablo Manuel Fernández Álvarez, como titular del establecimiento Tapería Sidrería El Asturiano.

Documento de identificación: DNI 11441329W.

Última dirección conocida: Faustino Santalices, 17, 32840 Bande (Ourense).

Hecho imputado: infracción en materia sanitaria.

Preceptos infringidos: artículos 19.3.b) en relación con su artículo 7.u) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos de tabaco, modificada por la Ley 2/2006, de 10 de febrero (BOE nº 36, de 11 de febrero) y por la Ley 42/2010, de 20 de diciembre (BOE nº 318, del viernes 31 de diciembro).

Tipificación: grave.

Sanción propuesta: seiscientos un euros (601,00 €).