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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Martes, 22 de mayo de 2012 Pág. 19191

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 18 de mayo de 2012 por la que se hacen públicas las bases del concurso XXIV Cata de los Vinos de Galicia.

La Consellería del Medio Rural y del Mar tiene encomendadas, entre otras funciones, actividades relacionadas con la política alimentaria, dentro de las cuales se enmarcan las de defensa y promoción de los productos agroalimentarios con distintivo de calidad.

En los últimos años los concursos de vinos experimentaron un auge importante en su difusión, lo que sin duda contribuye a la promoción y prestigio de estos productos entre los consumidores. Además, esta difusión tiene efectos positivos tanto en la mejora tecnológica de la vitivinicultura como en la calidad final del producto.

El Real decreto 1679/1999, de 29 de octubre, establece las normas básicas reguladores de los concursos de vinos oficiales y oficialmente reconocidos que tienen lugar en el territorio del Estado español, así como las distinciones otorgadas a las partidas o lotes de vinos que resulten premiados en tales concursos y su posterior utilización.

La Resolución de 21 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios (BOE n.º 314, de 30 de diciembre), perteneciente al Ministerio de Medio Ambiental y Medio Rural y Marino, publicó el calendario de concursos de vinos que tendrán lugar durante el año 2012 en el territorio nacional, que incluye los reconocidos para la Comunidad Autónoma de Galicia, entre los cuales se encuentra la XXIV Cata de los Vinos de Galicia. Las bases de este concurso fueron elaboradas por la Secretaría General de Medio Rural y de Montes con la colaboración de los consejos reguladores de los vinos de Galicia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.1 del Real decreto 1679/1999, procede dar publicidad a dichas bases en el Diario Oficial de Galicia.

Por eso, de conformidad con el artículo 30.1.3 y 4 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, regulador de la Xunta de Galicia y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1. Convocatoria.

Se convoca el concurso oficial de vinos XXIV Cata de los Vinos de Galicia, que se desarrollará en la Comunidad Autónoma de Galicia en este año 2012.

Artículo 2. Bases.

Las bases del concurso oficial de vinos XXIV Cata de los Vinos de Galicia son las que figuran en el anexo de esta orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2012.

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar

ANEXO
Bases de la XXIV Cata de Vinos de Galicia 2012

Organizada por la Consellería del Medio Rural y del Mar, con la colaboración de los consejos reguladores de las denominaciones de origen Ribeiro, Valdeorras, Rías Baixas, Monterrei y Ribera Sacra, tendrá lugar a XXIV Cata de los Vinos de Galicia 2012, que consistirá en una fase inicial de precata o cata de selección y una cata final.

Bases de la cata

1. En esta cata podrán participar los vinos elaborados por las bodegas inscritas en los registros de cada una de las denominaciones de origen existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como los vinos elaborados por las bodegas productoras de vinos con indicación geográfica protegida (vinos de la tierra) de la Comunidad Autónoma de Galicia, con producción controlada en la campaña 2011. Estas indicaciones geográficas protegidas son: Val do Miño-Ourense, Betanzos y Barbanza e Iria.

2. Las bodegas que deseen participar con sus vinos en esta cata deberán enviar en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden el correspondiente boletín de inscripción debidamente cubierto a los consejos reguladores en los que estén inscritos. Para el caso de los vinos de la tierra se enviarán a la Subdirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria de la Secretaría General de Medio Rural y Montes, situada en la avenida del Camino Francés, 10, en Santiago de Compostela.

Los consejos reguladores certificarán que las bodegas que se inscriban para participar en este concurso cumplen los requisitos y condiciones establecidas en estas bases.

3. Todos los vinos que se presenten a la cata tendrán que ser de la cosecha del año 2011, excepto los que en alguna de las fases de elaboración estuvieran en contacto con madera que podrán ser del año 2010.

Las marcas presentadas por cada bodega no podrán ser más de dos vinos blancos y dos vinos tintos. No obstante, para los grupos vinos de cosechero y vinos de la tierra las marcas presentadas por cada bodega no podrán ser más de un vino blanco y un vino tinto.

Todas las muestras que se presenten a concurso corresponderán a marcas que se estén comercializando, debiendo estar etiquetadas según la normativa vigente. Todas las marcas deberán contar con la autorización de uso de los distintos consejos reguladores.

4. No será admitido ningún participante que en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud fuera sancionado por infracción muy grave a la legislación agroalimentaria mediante resolución firme de cualquiera de las administraciones públicas.

5. Las bodegas indicarán en el boletín de inscripción el volumen total (litros) de vino elaborado en la cosecha para cada marca concursante, que no deberá ser inferior a 10.000 litros. También se indicará el volumen de vino (litros) que forma el lote de la muestra de cada marca que participará en la cata-concurso. En el caso de las denominaciones de origen cada consejo regulador certificará el cumplimiento de este requisito con anterioridad al inicio de la recogida de las muestras y para los vinos con indicación geográfica protegida corresponderá al Instituto Gallego de Calidad Alimentaria (Ingacal).

Las existencias mínimas en bodega del lote concursante en el momento de la recogida de las muestras serán de 5.000 litros, de los que al menos 1.000 litros deberán estar embotellados y correctamente etiquetados y contarán con la contraetiqueta del consejo regulador correspondiente, para la obtención de la muestra que se presente al concurso.

No obstante lo establecido en los dos párrafos anteriores, para poder participar en el grupo de vinos de cosechero, establecido en el punto 13 de las bases, las bodegas tendrán una capacidad final de elaboración y embotellado no superior a 60.000 litros. Los vinos serán de cosecha propia y el volumen de vino elaborado en la cosecha para la marca concursante no deberá ser inferior a 5.000 litros. Las existencias mínimas en la bodega en el momento de la recogida de las muestras del lote concursante serán de 2.500 litros, de los que al menos 500 litros deberán estar embotellados y correctamente etiquetados y contarán con la contraetiqueta del consejo regulador correspondiente para la obtención de la muestra que se presente al concurso.

Para poder participar en el grupo de vinos de la tierra, el número de litros de vino elaborado en la cosecha para la marca concursante no será inferior a 2.500 litros, y el lote concursante deberá tener unas existencias mínimas en la bodega de 1.250 litros en el momento de la recogida de las muestras y, al menos, 500 litros deberán estar embotellados y correctamente etiquetados para la obtención de la muestra que se presente al concurso.

La identificación y recogida de las muestras será realizada por la organización, contando en el caso de los vinos con denominación de origen, con apoyo de personal del consejo regulador de acuerdo con el programa que previamente se establezca.

Para componer la muestra se elegirán al azar seis botellas del lote concursante. Un representante de la organización y un representante de la bodega firmarán en la etiqueta de cada una de las botellas.

Una de las botellas de la muestra quedará en la bodega y las cinco restantes, una vez envueltas en material opaco, se introducirán en las cajas que se precintarán y sellarán con un sello oficial.

En el exterior de la caja figurará únicamente el nombre de la denominación de origen o las menciones vino de cosechero o vino de la tierra y si el vino es blanco o tinto, y serán transportadas hasta el lugar de la cata-concurso donde permanecerán depositadas y debidamente precintadas hasta la celebración de esta.

De la recogida de muestras se levantará la correspondiente acta, en la que firmarán un representante de la industria y otro de la organización.

6. Para la supervisión de la cata existirá un jurado, presidido por el secretario general de Medio Rural y Montes, y actuarán como secretario un funcionario de la Subdirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria y, como vocales, hasta un máximo de cinco representantes de los consejos reguladores.

7. Para la calificación de los vinos se contará con un panel de catadores, formado por un máximo de 12 expertos en el análisis sensorial, procedentes de asociaciones, centros tecnológicos y científicos del sector vitivinícola, consejos reguladores de los vinos, restauración, distribución y medios de comunicación especializados de Galicia y del resto del territorio español.

Para las catas de selección, y en razón del número de muestras, se constituirán varios paneles de expertos. Cada uno de ellos contará, en todo momento, con el material y elementos necesarios para el desarrollo de su trabajo de cata.

8. Se empleará el tipo de fichas oficiales aprobadas por la O.I.V.-U.I.O.E. y sus normas de aplicación. Para la puntuación de cada vino se obtendrá la media de las puntuaciones individuales dadas por los catadores que componen el panel de cata, despreciando previamente las puntuaciones extremas. En los casos de empate se calcularía la mediana para determinar la muestra seleccionada.

9. El secretario y dos miembros del jurado de cata comprobarán las actas de recogida y los precintos de las cajas almacenadas y procederán a numerarlas de forma correlativa por tipo de vino y denominación de origen. A continuación se procederá a la apertura de las cajas, de las que se extraerán dos botellas que se numerarán con el mismo número de la caja. Cada caja, en la que quedarán tres botellas, será precintada de nuevo, permaneciendo convenientemente custodiadas.

Las dos botellas numeradas por muestra para la cata de selección pasarán a los refrigeradores donde permanecerán debidamente cerradas y precintadas hasta el momento de que se inicie la cata de selección. Si en este acto de numeración de cajas y botellas aparece alguna marca o señal que pueda permitir su identificación, la muestra sería anulada.

10. Los vinos se catarán por cada grupo, por tipo y por series, realizándose los descansos precisos, hasta la conclusión del análisis sensorial de las muestras.

El número máximo de vinos seleccionados que pasarán a la cata final será de seis para cada uno de los grupos y tipos definidos en el punto 13 de estas bases.

Establecidos por el jurado los vinos seleccionados en las precatas, el secretario procederá a separarlos dándoles un nuevo número correlativo dentro de cada grupo y tipo, pasando a continuación a los refrigeradores que deberán estar totalmente vacíos y en los que, debidamente cerrados y precintados, permanecerán hasta la iniciación de las catas finales.

11. Las catas finales se realizarán siguiendo las mismas normas establecidas para las catas de selección.

Finalizada la cata-concurso, el secretario del jurado de cata procederá a identificar los vinos premiados, tomando nota por escrito de las marcas y bodegas premiadas, e introduciendo el documento con los citados datos en sobre cerrado y lacrado. Este sobre será abierto en el momento de la entrega de los premios, permaneciendo mientras tanto en poder del secretario del jurado.

12. El jurado de esta cata-concurso cuidará especialmente que se conserve en todo momento el anonimato de las muestras. Su dictamen en los premios será inapelable.

La entrega de premios se realizará en un acto convocado y organizado para tal fin, al que se dotará de la difusión, trascendencia y solemnidad adecuada.

13. Tanto para las catas de selección como para las catas finales se establecen los grupos o categorías siguientes:

Denominación de Origen Monterrei.

Denominación de Origen Rías Baixas.

Denominación de Origen Ribera Sacra.

Denominación de Origen Ribeiro.

Denominación de Origen Valdeorras.

Vinos de cosechero.

Vinos con indicación geográfica (vinos de la tierra).

Dentro de cada uno de estos grupos se diferenciarán dos tipos: vino blanco y vino tinto.

Si en alguna de las categorías no se contara con un mínimo de 5 muestras para la cata, esta no tendrá lugar.

14. En esta XXIV Cata de los Vinos de Galicia se establecen los siguientes premios:

Mejor vino blanco de Galicia y mejor vino tinto de Galicia.

Para la selección de estos dos premios se realizará una cata final con los vinos blancos y tintos mejor puntuados en cada denominación.

Se entregará un trofeo y un diploma acreditativos para el vino blanco y el vino tinto que resulten mejor puntuados en la cata final arriba mencionada.

A continuación, y para cada denominación de origen de vinos de Galicia, se otorgarán tres premios (trofeo y diploma acreditativo del puesto conseguido) a los tres vinos mejor puntuados, con la exclusión, en su caso, de los premiados como mejor blanco y mejor tinto de Galicia, así como diplomas para el resto de los finalistas en cada categoría.

Para el grupo vinos de cosechero se otorgará premio para el mejor vino blanco y mejor vino tinto de cosechero de todas las denominaciones. No obstante lo anterior, si el número de muestras presentadas en alguno de los tipos (blanco o tinto) superara las 15, se otorgarán dos premios, y tres premios en el caso de que se superen las 25 muestras.

Las bodegas que se inscriban para participar en la categoría de vinos de cosechero quedarán excluidas de concursar y optar a premios en las otras categorías del concurso.

Para el grupo vinos de la tierra se otorgará premio para el mejor vino de la tierra de todas las indicaciones geográficas.

15. Todos los participantes en esta XXIV Cata de los Vinos de Galicia se comprometen a acatar las presentes bases de cata.

16. El secretario general de Medio Rural y Montes dictará cuantas instrucciones sean necesarias de cara al correcto desarrollo de esta XXIV Cata de los Vinos de Galicia.

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