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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Miércoles, 16 de mayo de 2012 Pág. 18545

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2012 por la que se convocan para el ejercicio 2012, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas del Igape a los proyectos colectivos empresariales, cofinanciados con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa operativo FSE Galicia 2007-2013, conforme a las bases reguladoras publicadas mediante Resolución de 15 de abril de 2010 (DOG número 73, de 20 de abril) y modificadas mediante las resoluciones de 10 de enero de 2011 (DOG número 11, de 18 de enero) y de 13 de febrero de 2012 (DOG número 39, de 24 de febrero).

El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión del día 1 de marzo de 2010 acordó, por unanimidad de los miembros asistentes, aprobar las bases reguladoras de las ayudas del Igape a los proyectos colectivos empresariales, publicadas mediante Resolución de 15 de abril de 2010 en el DOG n.º 73, de 20 de abril. En su reunión de 15 de noviembre de 2010 acordó su modificación, publicada mediante Resolución de 10 de enero de 2011 en el DOG n.º 11, de 18 de enero y corregida en el DOG n.º 17, de 26 de enero, y en su reunión de 13 de octubre de 2011 acordó otra modificación, publicada mediante Resolución de 13 de febrero de 2012 en el DOG n.º 39, de 24 de febrero facultando al director general a proceder a la aprobación de los créditos y convocatoria para el año 2012.

En su virtud, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Convocar para el ejercicio 2012, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas del Igape a los proyectos colectivos empresariales previstas en el apartado 1.1.º de las bases reguladoras aprobadas por el Consejo de Dirección del Igape el 1 de marzo de 2010 y publicadas mediante Resolución de 15 de abril de 2010 en el DOG n.º 73, de 20 de abril y sus modificaciones, acordadas el 15 de noviembre de 2010 y el 13 de octubre de 2011, y publicadas mediante Resolución de 10 de enero de 2011 en el DOG n.º 11, de 18 de enero y mediante Resolución de 13 de febrero de 2012 en el DOG n.º 39, de 24 de febrero.

Estas ayudas podrán estar cofinanciadas al 80% con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa operativo FSE Galicia 2007-2013, eje 1, tema prioritario 63.

A los efectos de la nueva convocatoria, se sustituye el anexo I, formulario de presentación de la solicitud, según el modelo anexo.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En caso de que el día inicial o final del plazo coincidiese en sábado o día inhábil en Santiago de Compostela, se pospondrá al día hábil siguiente.

Tercero. Créditos.

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria y por el siguiente importe:

Procedimiento

Partida presupuestaria

Presupuesto 2012

Proyectos Iniciativas Abiertas de Difusión (IG114-Artículo 1.1)

08.A1.741A.4810

50.000,00 €

08.A1.741B.4811

350.000,00 €

El director general del Igape podrá ampliar los créditos y modificar las partidas presupuestarias, previa declaración de disponibilidad de los créditos en los términos referidos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, mediante resolución publicada al efecto.

Cuarto. El plazo de ejecución de los proyectos no podrá superar el 30 de septiembre del ejercicio correspondiente a la anualidad establecida en la resolución de concesión. Los beneficiarios deberán presentar la solicitud de cobro en el plazo improrrogable de un mes desde el día siguiente a la citada fecha (en caso de que coincida en sábado o día inhábil en Santiago de Compostela, se pospondrá al día hábil siguiente).

A los efectos de esta convocatoria, se sustituye el anexo II (formulario de solicitud de cobro) por el que se acompaña a la presente resolución. La declaración responsable contenida en el citado formulario sustituirá a la exigencia de certificación bancaria recogida en el artículo 18.6.1.c) de las bases reguladoras, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de 12 de enero de 2012 por la que se regula la habilitación de procedimientos administrativos y servicios en la Administración general y en el sector público autonómico de Galicia (DOG n.º 10, de 16 de enero).

Quinto. Los requisitos de las letras c), e), f), h), i), k), l) y n) del artículo 20.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se indican en las bases reguladoras de estas ayudas aprobadas por el Consejo de Dirección del Igape el 1 de marzo de 2010 y publicadas mediante Resolución de 15 de abril de 2010 en el DOG n.º 73, de 20 de abril, y sus modificaciones, acordadas el 15 de noviembre de 2010 y el 13 de octubre de 2011, y publicadas mediante Resolución de 10 de enero de 2011 en el DOG n.º 11, de 18 de enero y mediante Resolución de 13 de febrero de 2012 en el DOG n.º 39, de 24 de febrero.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2012.

Javier Aguilera Navarro
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica

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