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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Jueves, 10 de mayo de 2012 Pág. 17591

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 24 de abril de 2012 por la que se notifica la resolución del procedimiento sancionador y de reposición de la legalidad (P-PL-76.07/20), devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatio ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, con fecha de 10 de abril de 2012, resolución derivada del expediente sancionador y de reposición de la legalidad n.º P-PL-76.07/20, que le fue incoado a José Manuel Maceiras Fernández, por la realización de obras abusivas ejecutadas dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, en el lugar de Punta Corbeiro-Noalla, término municipal de Sanxenxo (Pontevedra).

Al no poderse realizar la notificación personal de la resolución al interesado, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se le hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el edificio Witland, 1.º piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de ésta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se tega producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso de reposición, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.º, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación de resolución al destinatario arriba indicado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 24 de abril de 2012.

José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística