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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Lunes, 16 de abril de 2012 Pág. 13536

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 12 de marzo de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2012045TA-CO, por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha 29 de febrero de 2012, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad dictó acuerdo de inicio de expediente sancionador n.º 2012045TA-CO incoado a Jorge Alberto Rey Sande.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del citado artículo, se notifica a Jorge Alberto Rey Sande el contenido del referido acuerdo de inicio, que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que lo asiste al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante la jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de la jefatura territorial, sita en la calle Gregorio Hernández, 2-4, A Coruña, y a obtener, en su caso, copia del expediente, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que en el caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 12 de marzo de 2012.

Emma Rego Valcarce
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

N.º de expediente: 2012045TA-CO.

Interesado: Jorge Alberto Rey Sande.

DNI/NIF/CIF: 33287003T.

Última dirección conocida: Agrelo, 7-I, 1.º F, Bertamiráns. 15220 Ames.

Hechos imputados: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Artículos infringidos: a) Artículo 35.a.1) de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, y artículo 41.a) y h) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. b) Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, artículos: artículo 7. Prohibición de fumar. Se prohibe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las comunidades autónomas, en: u) Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados. Artículo 19. Infracciones. 1. Las infracciones por incumplimiento de lo previsto en esta ley se clasifican en leves, graves y muy graves. 2. Se consideran infracciones leves: a) Fumar en los lugares en que exista prohibición o fuera de las zonas habilitadas al efecto.

Tipificación provisional: leve.

Sanción propuesta: 30 € (treinta euros).