Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, por sustitución reglamentaria, hago saber que en el procedimiento ordinario 874/11 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Adrián Sánchez García, contra la empresa Marfur Obras y Reformas, S.L., se ha dictado la sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
«Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Adrián Sánchez García debo condenar y condeno a Marfur Obras y Reformas, S.L. a que abone al actor la cuantía de cinco mil ciento cuarenta y seis euros con cuarenta y dos céntimos (5.146,42 €), más el 10% de interés de mora del artículo 29.3 del ET. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que al Fogasa le corresponda asumir dentro de los límites legales (artículo 33 ET)».
Y para que sirva de notificación Marfur Obras y Reformas, S.L., se expide el presente edicto.
Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2012.
La secretaria judicial