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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Viernes, 16 de marzo de 2012 Pág. 9556

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 28 de febrero de 2012, de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/91/2010, devuelta por el órgano notificador por resultar su destinatario ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 26 de enero de 2012, resolución por la que se declara que las obras realizadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la construcción de una vivienda unifamiliar vinculada a explotación agropecuaria, en el lugar de Randín, en el ayuntamiento de Calvos de Randín, podrían ser legalizables por ser compatibles con el ordenamiento urbanístico.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Francisco Correa Rodríguez, en calidad de copropietario de una de las parcelas en las que se ha construido la citada vivienda, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2012.

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística