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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2012 Pág. 6475

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4354/2011).

Francisco Javier Gamero López-Peláez, secretario judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4354/2011, seguido a instancia de la Universidad de Santiago de Compostela y la Fundación USC Deportiva contra el Fogasa, el Club Deportivo Universidad de Santiago de Compostela y José Fernández Muíños, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, estimando en parte el recurso formulado por las recurrentes Fundación USC Deportiva y Universidad de Santiago de Compostela contra la sentencia dictada el día 26 de enero de dos mil once en autos 896/2010, del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, seguidos a instancia de José Fernández Muíños contra los recurrentes, así como contra el Club Deportivo Universidad de Santiago, y el Fondo de Garantía Salarial, la revocamos parcialmente en el sentido de fijar que los salarios de tramitación se devengarán desde el 1 de octubre de 2010 hasta la notificación de la sentencia de instancias, manteniéndose el resto de los pronunciamientos en su integridad.

Dése a los depósitos y consignaciones realizadas el destino legal oportuno.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, n.º 1552 0000 80 (n.º recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala n.º 1552 0000 35 (n.º recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal e incorpórese el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma al Club Deportivo Universidad de Santiago de Compostela, con último domicilio conocido en San Xerome, s/n, 15782 de Santiago de Compostela, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto en A Coruña a 30 de enero de 2012.

El secretario judicial