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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2012 Pág. 6488

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo da Coruña

EDICTO (843/2011).

María Mercedes Santos García, secretaria judicial del Refuerzo del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 843/2011, seguido en este juzgado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«En A Coruña a cinco de enero de dos mil doce. Vistos por Montserrat Matos Salgado, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 1 Refuerzo de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio n.º 843/2011 seguidos a instancia de Carlos Enrique Porteiro Varela, asistido por la letrada Sra. Gómez Lozano, contra la empresa José Luciano Seoane Fernández, en rebeldía procesal, y el Fogasa, que no comparece, versando la litis sobre reclamación de salarios.

Fallo que, estimando íntegramente la demanda formulada por Carlos Enrique Porteiro Varela, asistido por la letrada Sra. Gómez Lozano, contra la empresa José Luciano Seoane Fernández, en rebeldía procesal, y el Fogasa, que no comparece, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 2.657,40 euros, en el sentido expuesto en el fundamento primero, incrementada con los intereses moratorios pertinentes. Asimismo, debo absolver al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los supuestos previstos en el artículo 33 ET. Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que en virtud del artículo 191.2.g) de la Ley 36/2011, de 11 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, contra ella no cabe recurso alguno».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa José Luciano Seoane Fernández, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia en A Coruña a 25 de enero de 2012.

La secretaria judicial