Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2011/0269-4.
Acta: I362011000065596.
Empresa: Vivendas Comunitarias Galiza, S.L.
NIF: B36969103.
Dirección: carretera Canido, 89 - Vigo.
Materia: obstrucción.
Preceptos infringidos: artículo 50 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Preceptos sancionadores: artículos 50.2, 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha de la resolución: 13.12.2011.
Resolución: multa de 6.250 euros.
Se hace saber al interesado que puede formular recurso de alzada, ante el director general de Relaciones Laborales, en el término de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma que procedan, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda.
Vigo, 25 de enero de 2012.
Carmen Bianchi Valcarce
Jefa territorial de Vigo