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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 14 de febrero de 2012 Pág. 5889

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANUNCIO de 27 de enero de 2012, del Servicio de Vigilancia e Inspección, por el que se notifica la resolución de caducidad del expediente sancionador S-P-26.11, en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución de caducidad del expediente sancionador por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los interesados podrán examinar el expediente en el Servicio de Patrimonio Cultural, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Pontevedra.

Santiago de Compostela, 27 de enero de 2012.

Roberto Pena Puentes
Jefe del Servicio de Vigilancia e Inspección

ANEXO

N.º de expediente: S-P-26.11.

Interesado: Antonio Rodríguez Quintillán.

Último domicilio conocido: San Antonio, número 4, Fiestras, Silleda.

Hechos imputados: excavación de una fosa para construir una sepultura en el atrio de la Iglesia parroquial de Fiestras, ayuntamiento de Silleda, sin licencia municipal y sin la previa y preceptiva autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

Tipificación: artículo 90.g) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.