A los efectos previstos en el artículo 5 del Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP), la solicitud relacionada en el cuadro siguiente inicia el correspondiente trámite de competencia.
Datos de la solicitud |
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Empresa solicitante |
Repsol Butano, S.A. |
Contenido de la solicitud |
Autorización administrativa |
Tipo de instalación |
Red de distribución de GLP |
Denominación del proyecto |
Proyecto de estación de almacenamiento y distribución de GLP para el polígono industrial de O Corgo (Lugo) |
Núcleo de población de la red |
Polígono industrial de O Corgo (Lugo) |
Se abre un plazo de 30 días, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para que:
Otras empresas distribuidoras de GLP puedan presentar solicitudes en concurrencia con esta solicitud de Repsol Butano, S.A.
La empresa Repsol Butano, S.A. pueda completar, si lo considera oportuno, su solicitud.
El trámite de competencia se resolverá a favor de la empresa cuyo proyecto obtenga la mayor puntuación, tras su valoración de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 9 del Decreto 62/2010, de 15 de abril.
Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2011.
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas