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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miércoles, 11 de enero de 2012 Pág. 1836

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 2 de diciembre de 2011, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 101/11 DEP, incoado por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha 10 de noviembre de 2011, la jefa territorial de Pontevedra dictó el acuerdo de inicio del expediente sancionador número 101/11 DEP, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra la entidad Mariscos Avilleira, S.L.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y, al amparo de lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se le notifica al/a la director/a gerente de la entidad Mariscos Avilleira, S.L. el contenido del referido acuerdo que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, avda. Fernández Ladreda, núm. 43, 1.º y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pontevedra, 2 de diciembre de 2011.

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 101/11 DEP.

Denunciada: Mariscos Avilleira, S.L., con CIF: B36176055.

Último domicilio conocido: O Cabo, 22, 36620 Vilanova de Arousa.

Hecho imputado: supuestas infracciones en materia sanitaria.

Preceptos infringidos:

– Artículo 2 punto 2.2.2 del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

– Artículos 3, 4 y 5 del Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

– Capítulo V punto 2 de la sección VII del anexo III del Reglamento (CE) 853/2004, de 29 de abril, por el que se establecen normas específicas de higiene de los productos de origen animal.

– Artículo 4 del Decreto 399/1996, de 31 de octubre, por el que se regulan programas de control sanitario de moluscos bivalvos vivos.

– Artículos 14 punto 4, 17 y 19 del Reglamento (CE) 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requerimientos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

Tipificación: infracción leve, según el artículo 51 punto 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción propuesta: mil doscientos euros (1.200,00 €).