Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: L.M.T.S, C.T. sub. en avda. de la Área.
Situación: ayuntamiento de Cedeira.
Características técnicas:
Línea eléctrica de media tensión subterránea (L.M.T.S.), a 20 kV, con una longitud de 0,420 km con conductor R.H.Z.1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, con origen y final en la L.M.T.S. CDR subestación Cedeira (expediente IN407A 2007/390) entre los C.T. Sindicales (expediente 11.957) y el C.T. Convento (expediente IN407A 2003/149), una vez entre y salga del C.T. proyectado.
Centro de transformación (C.T.) subterráneo no prefabricado, con una potencia de 400 kVA y relación de transformación de 20/0,400-0,230 kV. Ayuntamiento de Cedeira.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE n.º 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE n.º 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 7 de diciembre de 2011.
P.A. (Artículo 39.3 Decreto 324/2009; DOG n.º 117, de 17 de junio)
Juan Ignacio Lizaur Otero
Jefe del Servicio de Energía y Minas