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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 3 de enero de 2012 Pág. 399

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

CÉDULA de 20 de diciembre de 2011, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se hace pública una notificación de resolución de recurso de alzada del expediente sancionador (PESAN1 2011/000022-1).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se notifica a la persona que a continuación se relaciona la resolución de recurso de alzada del expediente instruido por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

El interesado dispone de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

El expediente relacionado a continuación se encuentra a disposición del interesado en la citada Jefatura Territorial de A Coruña, Ramón y Cajal s/n 5.ª planta.

N.º de expediente: PESAN1 2011/000022-1.

Denunciado: Domingo Moisés Martínez Insua.

DNI: 32402431P.

Dirección: Grupo Cabo Fisterra Fisterra.

Precepto infringido: 137.3.

Sanción: 1.000 euros.

Resolución: estimatoria anulando la resolución.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG núm. 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en dicha Jefatura Territorial de la Consellería del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifieste el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

A Coruña, 20 de diciembre de 2011.

Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña