De acuerdo con la propuesta efectuada por la presidenta del Instituto Gallego de Consumo, y en virtud de lo establecido en el artículo 7.2.º, en relación con el artículo 5.2.º del Decreto 127/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios,
DISPONGO:
Artículo único. Sustituir como miembro titular del Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.º e) del Decreto 127/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios, a Clara Santos Arjona por Josefa Fandiño Portero de la Federación Gallega de Asociaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios Brétema.
Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2011.
Javier Guerra Fernández
Conselleiro de Economía e Industria