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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Martes, 23 de agosto de 2011 Pág. 25488

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 1 de agosto de 2011 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU2/18/2010, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario desconocido en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 19 de julio de 2011 dictó resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística por la que se declaran ilegalizables las obras a la entidad mercantil A Piolla, S.L., consistentes en la construcción de una edificación en estructura en la avenida de A Toxa 17, Raxó, en el término municipal de Poio, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5.º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 1 de agosto de 2011.

P.S.
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística