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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Martes, 23 de agosto de 2011 Pág. 25479

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2011, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por la que se resuelven los expedientes de clasificación de montes de esta provincia 1/2010 y 2/2010.

A los efectos previstos en el artículo 28 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión que tuvo lugar el 15 de junio de 2011 en la sala de juntas de la jefatura territorial de la Consellería del Medio Rural, bajo la presidencia del jefe territorial, y con la asistencia de los vocales Miguel Cela González, David Díaz Losada, Marta Carballo Neira, José Antonio Rojo Fernández y de la secretaria Lucía Belver Quiroga, dictó la resolución de clasificar como vecinales en mano común los siguientes montes:

– Expediente número: 1/2010.

Denominación: de Eirexalba (ampliación).

Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Eirexalba.

Ayuntamiento: O Incio.

Superficie: 31 hectáreas, 66 áreas y 68 centiáreas.

Linderos:

Parcela n.º 1:

Norte: camino forestal.

Sur: fincas particulares de Orlando Fontecoba Carrera (polígono 1, parcela 495), MVMC de Munxidoira, Travesa, Valdalousa, Carboeiro y Chao da Gándara, de los vecinos de A Aira Vella, Pumar y A Rúa do Pozo, de la parroquia de Óutara (exp. 5/75).

Este: término municipal de A Pobra de Brollón.

Oeste: fincas particulares de Luisa Pérez Vázquez (parcela 25 del polígono 31).

Parcela n.º 2 :

Norte: fincas particulares de Manuel Vázquez Rodríguez (polígono 31, parcela 146), Teresa Pantón González (polígono 31, parcela 154), Ramón González González (polígono 31, parcela 149), Manuel Vázquez Rodríguez (polígono 31, parcela 150), herederos de José Vázquez Reboiro (polígono 31, parcela 20), Teolindo López Freán (polígono 31, parcela 17), Pastora Macía Fernández (polígono 31, parcela 18), M.ª Victoria Cortiñas Castro (polígono 31, parcela 15), Pastora Macía Fernández (polígono 31, parcela 13), Araceli Vilela López (polígono 31, parcela 12) y carretera de Bóveda a O Incio.

Sur: MVMC de Munxidoira, Travesa, Valdalousa, Carboeiro y Chao da Gándara, de los vecinos de A Aira Vella, Pumar y A Rúa do Pozo, de la parroquia de Óutara (exp. 5/75), MVMC de San Pedro, de los vecinos de San Pedro (exp. 134/75).

Este: fincas particulares de Antonio Gallego Rivas (polígono 31, parcela 6), y MVMC de los vecinos de San Pedro (exp. 134/75).

Oeste: camino forestal.

– Expediente número: 2/2010.

Denominación: de San Vicente.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de San Vicente.

Parroquia: Covelas.

Ayuntamiento: Ribadeo.

Superficie: 8 hectáreas, 34 áreas y 4 centiáreas.

Linderos (parcela 565, polígono 3):

Norte: finca particular propiedad de Pedro García Álvarez y Dolores Pérez García (parcela 562 del polígono 3). Finca particular propiedad de Cayetano Rodríguez Fernández (parcela 559 del polígono 3). Finca particular propiedad de Eduardo Villapol Balea (parcela 566 del polígono 3).

Sur: finca particular de Eduardo Villapol Balea, Benjamín Villapol Balea, Rosario Maseda Mourelle y Preciosa Rodríguez Dafonte (parcela 485 del polígono 30). MVMC Coroa (exp. 19/75), propiedad de la comunidad de Carboeiro, Silvela y Vilela, de la parroquia de Covelas.

Este: finca particular propiedad de Jesús García Álvarez (parcela 815 del polígono 24). Monte Coroa (exp. 19/75), propiedad de la comunidad de Carboeiro, Silvela y Vilela, de la parroquia de Covelas.

Oeste: finca particular propiedad de Andrés Tojal Rouco (parcela 564 del polígono 3).

Contra esta resolución y desde su notificación o publicación, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1.º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con el artículo 12 de la Ley de montes vecinales en mano común, y el artículo 28 de su reglamento, modificados los dos preceptos legales por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Lugo, 7 de julio de 2011.

Ramón Carballo Páez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Lugo