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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Martes, 9 de agosto de 2011 Pág. 22857

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDITO de 14 de julio de 2011 por el que se publica el acuerdo del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña por el que se inicia el expediente 413 de clasificación como vecinal en mano común del monte Neme de Oza, promovido por los vecinos de la parroquia de Oza, del ayuntamiento de Carballo.

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, en sesión que tuvo lugar el día 16 de diciembre de 2010, acordó iniciar la tramitación del expediente de clasificación como vecinal en mano común de los montes cuyas características se indican a continuación:

Monte: Neme de Oza.

Parroquia: Oza.

Ayuntamiento: Carballo.

Superficie: 14,29 ha.

Según el informe del jefe de Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común de 24.5.2011 en cuanto a sus límites y la descripción de los extremos del monte Neme de Oza, en resumen, son:

Norte: del punto situado en la intersección de la línea que une los vértices a–142 y b–142 del deslinde del monte Neme, CUP n.º 47, con el camino que define el extremo con el monte vecinal en mano común denominado monte Neme y monte Longo; de este punto al vértice g–142 de dicho deslinde con el monte vecinal en mano común Carballeiras y Vilar, perteneciente a la parroquia de San Martiño de Razo (expte. 298), en el término municipal de Carballo; seguiendo la línea del deslinde.

Este: del vértice g–142 del deslinde del monte Neme (CUP n.º 147) al vértice 73, siguiendo un muro de piedra, con propiedades particulares de la parroquia de Oza.

Sur: del vértice 73 al 95 de dicho deslinde, siguiendo varios muros de piedra, con propiedades particulares de la parroquia de Oza.

Oeste: del vértice 95 al 101 hacia la cumbre seguiendo un muro que lo separa de propiedades particulares; del 101 al 103 al borde del camino que va de Oza al monte, dejando a la izquierda un muro; y del 103 a dicho punto situado en la intersección de la línea que une los vértices a–142 y b–142 del deslinde del monte Neme, CUP n.º 47, con el camino que define el límite con el monte vecinal en mano común denominado monte Neme y monte Longo (expte. 374) en el que se cierra el perímetro.

En virtud de lo acordado por el jurado, conforme a lo dispuesto en la Ley gallega de montes vecinales en mano común de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, por medio de este edicto se hace público el inicio de la tramitación del expediente indicado con el objecto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 4 de septiembre de 1992, de desarrollo de la precitada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en el expediente y formular ante este jurado en el plazo de un mes, a partir del día seguinte al de la publicación de este edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones consideren oportunas en la defensa de los derechos que crean que les asisten en relación con el monte, acompañando, en su caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.

A Coruña, 14 de julio de 2011.

Susana Loreta Benedeti Corzo
Instructora

Visto bueno
Antonio Manuel Aguión Fernández
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña