Advertido error en la citada orden publicada en el Diario Oficial de Galicia n.º 105, del 1 de junio de 2011, es necesario hacer la siguiente corrección:
– En la página 12695, el artículo 5 queda redactado de la siguiente forma,
«Artículo 5. Cambio de materias dentro de la misma modalidad.
1. Al efectuar la matrícula, el alumnado podrá solicitar el cambio de materias de modalidad o de materias optativas no superadas. Si el cambio supone la matrícula de una materia de contenidos progresivos o que requiera la acreditación de conocimientos previos, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de esta orden.
2. En cualquier caso, estos cambios sólo serán autorizados por la dirección cuando se impartan las materias solicitadas en el centro educativo».