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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Viernes, 1 de julio de 2011 Pág. 17820

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se adoptan medidas cautelares para la protección del trazado histórico del tramo del Camino Inglés entre O Rego da Moa y O Peón, en el ayuntamiento de Cabanas.

Con motivo de la tramitación de un expediente de obras en el parque empresarial de Vilar do Colo, que requería informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural por su afección sobre el Camino Inglés, se presentan en la Dirección General de Patrimonio Cultural escritos que cuestionan que el trazado histórico del Camino Inglés entre los núcleos de O Rego da Moa (Barallobre, en el ayuntamiento de Fene) y O Peón (Laraxe, en el ayuntamiento de Cabanas) se corresponda con el recogido en el expediente de delimitación que fue sometido a información pública por Acuerdo de la Secretaría General de la Consellería de Cultura y Comunicación Social de 10 de diciembre de 1997 (DOG n.º 26, del 9 de febrero de 1998).

A la vista de esa documentación presentada, teniendo en cuenta el plano catastral de los años 50 y la foto aérea actual y las demás actuaciones llevadas a cabo por el Servicio de Protección de la Ciudad y los Caminos de Santiago, se deduce que la duda es razonable y se solicita a una empresa especialista la elaboración de un informe complementario específico sobre ese tramo. Ese informe, recibido el 30 de abril de 2010, concluye manifestando que el trazado del camino histórico a Santiago discurre desde el sur del núcleo O Rego da Moa en dirección recta hacia el núcleo de O Peón. La nueva propuesta de trazado es sometida posteriormente a la consideración del Comité Asesor del Camino de Santiago, que informa favorablemente por entender que está suficientemente documentada.

Por todo lo que, considerando que la elaboración documental y la posterior tramitación que concluya con la delimitación del nuevo trazado histórico del Camino Inglés en el tramo antes referido requerirá por su complejidad y procedimiento legalmente previsto un período de tiempo suficiente para que puedan surgir acciones que pongan en peligro de destrucción o deterioro este nuevo trazado, teniendo en cuenta también que la Lei 3/1996, de 10 de mayo, de protección de los Caminos de Santiago, establece que el Camino de Santiago es un bien merecedor de la más alta protección prevista en nuestra legislación para un bien del patrimonio cultural de Galicia, con independencia de que su delimitación esté pendiente de la incoación del oportuno expediente, y la regulación que sobre sus medidas preventivas contienen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y, singularmente, los artículos 4 y 32 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, en virtud de las competencias que me atribuye el Decreto 337/2009, de 11 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consellería de Cultura y Turismo,

RESUELVO:

Primero. Establecer como medida preventiva con carácter general para la protección del trazado del Camino Inglés arriba descrito, entre O Rego da Moa y O Peón, en el ayuntamiento de Cabanas, la necesidad de someter a informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural, con carácter previo a la resolución municipal, todas las obras que sean objeto de licencia (salvo obras menores que solo afecten al interior de las edificaciones), dentro de los 30 metros a ambos lados del camino, contados a partir de su límite exterior, así como levantar las medidas preventivas que hasta la fecha se aplicaban al trazado referido en el expediente incoado en el año 1997, por entender que queda suficientemente acreditada la identificación del camino histórico según el trazado que se recoge en el anexo.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia para conocimiento general.

Esta medida preventiva se mantendrá en vigor hasta el momento de aprobación inicial del expediente de delimitación del trazado, en que se resolverá lo que se estime oportuno sobre la protección preventiva del bien hasta la aprobación definitiva del expediente de delimitación del Camino Inglés.

Santiago de Compostela, 31 de mayo de 2011.

José Manuel Rey Pichel
Director general de Patrimonio Cultural

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