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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Lunes, 20 de junio de 2011 Pág. 15612

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2011 por la que se convocan acciones formativas para empleados públicos de la Administración de justicia de Galicia y se aprueban las bases para la participación en estas acciones formativas.

La Administración pública en general y, en particular, la Administración de justicia de Galicia debe contar con unos servicios ágiles, accesibles y próximos a los ciudadanos, y que den respuesta a sus demandas y problemas.

Para cumplir este objetivo, los empleados públicos son el principal activo y deben convertirse en el factor decisivo para lograr una Administración más fácil, ágil y eficaz. Desde esta perspectiva, la Escuela Gallega de Administración Pública pretende potenciar la modernización, calidad y profesionalización de la Administración a través de la formación y el perfeccionamiento de los empleados públicos.

El IV Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas suscrito entre las organizaciones sindicales representadas en la Comisión General de Formación para el empleo de las administraciones públicas, señala que la formación de todos los empleados públicos constituye una necesidad imprescindible para conseguir los objetivos permanentes de eficacia y de modernización.

Aprobado el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2011 por el Consejo Rector, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, modificada por la Ley 10/1989, de 10 julio, se convocan los cursos de formación para empleados públicos de la Administración de justicia de Galicia del año 2011 cuyas bases, características y contenidos son detallados en los anexos de esta resolución.

RESUELVO:

Publicar la convocatoria compuesta por los cursos que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases, características y contenidos detallados en el anexo I de esta resolución.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2011.

Pablo Figueroa Dorrego
Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I
Bases para la participación en las acciones formativas

Primera. Requisitos de los participantes.

a) Podrán participar en las acciones formativas anunciadas en esta resolución los empleados públicos de los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial y médicos forenses de la Administración de Justicia en situación de servicio activo en la Administración de justicia en Galicia o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar y que reúnan los requisitos que se establezcan para ser destinatario en cada uno de las acciones del anexo II en la respectiva convocatoria.

b) Los miembros de las bolsas de interinos de los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia, dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Toda persona solicitante que al inicio del curso esté en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida del listado del personal seleccionado y deberá comunicarse de inmediato esta incidencia a la EGAP.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación.

a) Los cursos se realizarán con los requerimientos, duración y condiciones que para cada uno de ellos se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web de la EGAP, http://egap.xunta.es.

b) No está permitida la realización de cursos que tenga simultaneidad de horarios en una o en varias sesiones presenciales de las actividades. Cuando un alumno tenga conocimiento de que fue seleccionado en un curso que tenga coincidencia horaria con otro para el cual ya había sido seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En el caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas y el alumno no podrá participar en otros cursos durante el plazo de un año desde que se detecte este hecho.

c) En las acciones formativas, hay que reseñar la incorporación de contenidos prácticos que respondan a las necesidades reales de los alumnos. Cada acción formativa tendrá, como mínimo, el 25% de horas de formación de carácter práctico.

Tercera. Solicitudes.

a) El personal que desee participar en los cursos publicados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática que está disponible en la zona de matrícula en la página web de la EGAP http://egap.xunta.es. No son admisibles otras formas ni modelos de solicitud de matrícula.

b) Con carácter previo a la matrícula es necesario formalizar el registro de una cuenta en la zona de matrícula de la EGAP para solicitar cursos de formación, dándose de alta como nuevo usuario. En esta alta previa se hace recomendable facilitar cuenta de correo electrónico y teléfono móvil para recibir mensajes de convocatorias, selección de candidatos y otra información relativa a las actividades de formación de la EGAP.

c) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para realizar el proceso selectivo del alumnado, no se ajusten al formulario de solicitud oficialmente establecida en el punto anterior o sean presentadas fuera de plazo.

d) Las solicitudes no pueden realizarse hasta que se convoquen las actividades y se abran los plazos de matrícula. Los formularios podrán ser obtenidos y cubiertos hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización de los plazos de presentación de solicitudes.

e) El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales desde el día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

f) El número máximo de cursos en que se puede solicitar participar en esta convocatoria se limita a cinco.

g) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la EGAP a través del número de teléfono 981 54 62 46/981 54 62 57 o de la dirección de correo electrónico xestión.egap@xunta.es, o fax 981 54 63 39, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

h) Las solicitudes cubiertas adecuadamente se entenderán presentadas en la EGAP en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

i) En el caso de que los interesados necesiten presentar documentación complementaria que acredite circunstancias específicas a efectos de la selección, podrán remitir a la EGAP una copia del formulario de matrícula y dicha documentación por fax al número 981 54 63 39 o correo electrónico a la dirección xestión.egap@xunta.es, sin perjuicio del derecho a la presentación de acuerdo con el dispuesto en el artículo 38.4.º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Dicha documentación deberá presentarse dentro del plazo a que hace referencia el apartado e) de esta base.

j) En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que hagan falta los requisitos en algún curso, podrá completarse el número de alumnos asignados a ellos mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las nuevas personas candidatas.

Cuarta. Criterios de selección.

a) Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (DOG número 7, del 10 de enero).

El baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los cuales el 60% estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40% restante a la antigüedad en la Administración de acuerdo con la fórmula que se va a emplear, la cual se publicará en la página web de la EGAP. Si hay empate, se deshará de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo.

b) Se aplicará el criterio de no preferencia para aquellos solicitantes que en las convocatorias del año 2010 incurrieran en alguna de las incidencias que en ellas se regulaban, como la renuncia fuera de plazo y abandono no justificados y la falsedad u ocultación de datos personales. Estos solicitantes sólo accederán a las actividades de que queden plazas vacantes.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

d) En los cursos que tengan varias ediciones, tendrá preferencia en la selección efectuada para cada una de las localidades programadas el personal que tenga su puesto de trabajo en ellas.

e) La EGAP podrá solicitar en cualquier momento a los centros directivos de los cuales dependan los solicitantes o a la jefatura de personal de la entidad correspondiente documentación acreditativa de la veracidad de los datos contenidos en la solicitud y, en especial, un informe acreditativo de la adecuación del perfil del solicitante al contenido del curso en las acciones formativas específicas.

f) Asimismo, podrá ser solicitado el asesoramiento de los profesores en la materia de los cursos cuando sea conveniente para una mejor selección y la homogeneización del grupo de alumnos, para el cual podrán ser establecidas pruebas previas de nivel.

Quinta. Publicación de las relaciones del personal seleccionado y renuncias.

a) La EGAP publicará en el tablón de anuncios de la página web de la EGAP http://egap.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con el dispuesto en el artículo 59.6.º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y mensaje telefónico los que faciliten esos datos en el alta de matrícula. Las personas que no figuren en esta relación ocupan un puesto más alejado en la lista de reservas, o bien fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria.

b) El personal seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas justificadas siempre que se acredite el hecho alegado a través de la documentación pertinente. La renuncia, junto con el documento acreditativo, debe ser comunicada por escrito a la EGAP, por fax al número 981 54 63 39 o correo electrónico xestión.egap@xunta.es, con una antelación de tres días hábiles anteriores al inicio del curso con el fin de cubrir la vacante. La renuncia fuera de plazo o no acreditar documentalmente la causa que la produce supondrá la exclusión de lo seleccionado en las convocatorias durante el plazo de un año contado desde la fecha de finalización del curso, de acuerdo con el dispuesto en la Resolución de 4 de enero de 2008, por la cual se hacen públicos los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública.

c) No serán admitidos en ningún caso cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

Sexta. Asistencia a los cursos.

a) Durante la realización de las actividades formativas se llevará un control permanente de asistencias a través de los sistemas que se establezcan para el efecto en que los alumnos y profesores deben hacer constar como incidencia las ausencias dentro de cada sesión. Esto implica que el personal que participe en los cursos tendrá que anotar como incidencia la hora de llegada o salida, en el caso de no coincidir con la duración oficial del curso, para poder acreditar el tiempo que faltó. De no hacerlo así y que se realice un control de asistencia extraordinario, perderá el derecho a recibir el certificado.

b) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos. Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, que se acreditará documentalmente ante el servicio competente de la EGAP, o la persona responsable del curso, en un plazo máximo de 10 días después de que este finalice y que, en ningún caso, podrá superar el 10% de las horas lectivas. La ausencia aún justificada superior al 10% del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho a la expedición del diploma.

c) A falta de asistencia de un número de horas superior al 10% de las horas lectivas sin justificación o a falta de acreditación documental de la causa alegada determinará no sólo la pérdida del derecho al certificado acreditativo de la participación en el curso sino que los participantes podrán ser excluidos de las convocatorias de las actividades formativas de la EGAP durante el plazo de un año contado desde la finalización del curso.

Séptima. Certificados.

a) La EGAP podrá expedir dos clases de certificados, de asistencia y de aprovechamiento. La convocatoria de cada acción formativa determinará qué tipo de certificado corresponderá a los alumnos que participen en los cursos.

b) Se le otorgará el correspondiente certificado de asistencia al alumnado que participe con regularidad y dedicación en el desarrollo de los cursos. A efectos de evaluar los conocimientos adquiridos por el alumnado, la EGAP podrá fijar la realización de las pruebas que considere oportunas.

c) Se le otorgará certificado de aprovechamiento al alumnado de los cursos que así establezca la convocatoria. La expedición de este certificado requerirá cumplir el mínimo de asistencia establecido para esa actividad, así como la superación del sistema de evaluación del aprendizaje adecuado a cada actividad, mediante diferentes instrumentos, del cual se tendrá conocimiento antes del comienzo o durante el desarrollo de la actividad formativa. En caso de no superar las pruebas establecidas tampoco se facilitará certificado de asistencia.

Octava. Realización de pruebas.

a) Para poder superar los cursos el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se realizará al final de este, tanto en la modalidad de teleformación, como en los cursos que se impartan de manera presencial. Las pruebas podrán desarrollarse de manera descentralizada en la sede que se determine al comienzo de cada acción formativa.

b) Las personas solicitantes de cursos de teleformación deberán disponer de un teléfono de contacto y de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Ordenador con conexión a internet.

– Navegador de internet.

– Cuenta de correo electrónico especificada en la solicitud.

También se requerirán conocimientos de manejo de ordenadores a nivel de usuario, de internet, de navegadores y de correo electrónico.

c) Con carácter general los cursos en la modalidad de teleformación se realizan en la modalidad de cursos con certificado de aprovechamiento. Para poder conseguir este certificado en los cursos de teleformación es necesario cumplir una serie de requisitos obligatorios en su totalidad. Si no se cumplen estos requisitos, en ningún caso se expedirá el certificado de aprovechamiento ni el de asistencia. Estos requisitos son:

– Lectura detallada de los contenidos del curso. Cada curso tiene unos contenidos teóricos que deben ser revisados en la plataforma. Para verificar este requisito podrá establecerse para cada actividad un tiempo mínimo de conexión de forma global o por módulos.

– Adecuada realización de todas las actividades que el tutor proponga. Estas deben constar como aprobadas en el momento en que se determine en la plataforma. En cada curso se determinará el sistema de superación de las actividades y la posibilidad o no de repetirlas.

– Realización y superación de las pruebas de evaluación que se establezcan. La superación de la actividad será determinada por el correspondiente tutor del curso, que informará de la superación del sistema de evaluación por parte de los alumnos a la EGAP.

d) Al inicio del curso, se publicará en la propio plataforma de teleformación el programa del curso señalando las pruebas de evaluación que se establecen para esa actividad, así como las fechas en que estas tendrán lugar. Salvo que se determine otra cosa, en estos cursos las pruebas de evaluación finales serán presenciales en los lugares y en las fechas que se establezcan. La EGAP informará a través de la página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.

Novena. Facultades de la EGAP.

a) La EGAP resolverá aquellas incidencias que puedan producirse en el desarrollo y la gestión de los cursos, y puede suprimir alguno, ampliar nuevas ediciones de la programación o programar otros cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten su organización o docencia. Asimismo, le corresponde a la EGAP proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

b) La ejecución material de las acciones queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.

c) En el supuesto de que el número de admitidos sea inferior al 50% de las plazas convocadas, la EGAP se reserva el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades, caso en que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

d) La EGAP podrá modificar el desarrollo y los contenidos de los cursos, las fechas y los lugares, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir. Todas las modificaciones que afecten al desarrollo de los cursos serán anunciadas en la página web de la escuela.

ANEXO II

Teleformación.

Curso

Ediciones

Horas

Plazas

Fechas

Localidad

– Área de conocimientos transversales

La nueva oficina judicial

1

25

50

2.11.2011-

1.12.2011

Teleformación

La nueva oficina judicial

1

25

50

13.1.2012-

13.2.2012

Teleformación

La nueva oficina judicial

1

25

50

14.2.2012-

14.3.2012

Teleformación

La nueva oficina judicial

1

25

50

15.3.2012-

16.4.2012

Teleformación

Formación sobre el trabajo en los servicios comunes generales

1

25

50

2.11.2011-

1.12.2011

Teleformación

Formación sobre el trabajo en los servicios comunes generales

1

25

50

13.1.2012-

13.2.2012

Teleformación

Formación sobre el trabajo en los servicios comunes generales

1

25

50

14.2.2012-

14.3.2012

Teleformación

Formación sobre el trabajo en los servicios comunes generales

1

25

50

15.3.2012-

16.4.2012

Teleformación

Organización judicial

1

25

50

2.11.2011-

1.12.2011

Teleformación

Información y atención al ciudadano

1

25

60

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Género e igualdad en la Administración de justicia

1

20

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Prevención de riesgos laborales

1

30

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Violencia de género y familiar. Tramitación

1

30

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

– Área de normativa y organización autonómica

Derecho civil de Galicia

1

25

60

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Derecho civil de Galicia

1

25

60

13.1.2012-

13.2.2012

Teleformación

Ejecución civil

1

25

50

2.11.2011-

1.12.2011

Teleformación

Ejecución civil

1

25

50

13.1.2012-

13.2.2012

Teleformación

Ejecución civil

1

25

50

14.2.2012-

14.3.2012

Teleformación

Ejecución civil

1

25

50

15.3.2012-

16.4.2012

Teleformación

Ejecución civil

1

25

50

17.4.2012-

16.5.2012

Teleformación

Iniciación a la Administración electrónica y seguridad de la información y protección de datos

1

25

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

– Área de proceso de trabajo

Curso básico de protección de datos

1

25

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Certificado digital

1

25

50

2.11.2011-

30.11.2011

Teleformación

Open Office Writer básico

1

25

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Open Office Calc básico

1

25

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

– Área de idiomas

Lengua inglesa

1

80

50

15.9.2011-

15.12.2011

Teleformación

Lengua inglesa

1

80

50

16.1.2012-

16.4.2012

Teleformación

– Área específica del sector competencial

Ejecución penal: análisis de las normas de aplicación. Guías de tramitación

1

25

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Juzgados de guarda y juzgados de instrucción. Gestión del servicio de guarda

1

30

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Prevención de riesgos laborales

1

25

50

3.10.2011-

2.11.2011

Teleformación

Presenciales.

Curso

Ediciones

Horas

Plazas

Fechas

Localidad

– Área de conocimientos transversales

Formación de mandos intermedios de la oficina judicial

1

30

20

7.11.2011-

22.11.2011

Santiago de Compostela

– Área de otros

Curso de tutores interinos

1

20

30

19.9.2011-

28.9.2011

Santiago de Compostela

– Área específica del sector competencial

Curso de histopatogía para médicos forenses

1

12

30

20.10.2011-

21.10.2011

Ourense

Valoración del daño corporal de la patología de la rodilla para médicos forenses

1

12

30

1.ª quincena de diciembre

Santiago de Compostela

– Área de proceso de trabajo

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

9.1.2012-

16.1.2012

A Coruña

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

14.3.2012-

21.3.2012

A Coruña

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

13.2.2012-

20.2.2012

Ferrol

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

26.4.2012-

3.5.2012

Ferrol

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

17.1.2012-

24.1.2012

Lugo

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

22.3.2012-

29.3.2012

Lugo

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

25.1.2012-

1.2.2012

Ourense

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

10.4.2012-

17.4.2012

Ourense

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

2.2.2012-

9.2.2012

Pontevedra

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

18.4.2012-

25.4.2012

Pontevedra

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

23.11.2011-

30.11.2011

Santiago de Compostela

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

6.3.2012-

13.3.2012

Santiago de Compostela

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

27.2.2012-

5.3.2012

Vigo

Visión general de las TIC en la Administración de justicia

1

20

20

7.5.2012-

14.5.2012

Vigo

Curso de formación avanzada en los sistemas de información en el ámbito de justicia

1

50

25

31.10.2011-

22.11.2011

Santiago de Compostela