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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Jueves, 5 de mayo de 2011 Pág. 7755

III. Otras disposiciones

Consellería do Medio Rural

ORDEN de 27 de abril de 2011 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 30 de noviembre de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al sector equino para su fomento y desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan en el año 2011.

Orden de 30 de noviembre de 2010 (DOG nº 234, del 7 de diciembre de 2011), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al sector equino para su fomento y desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En su artículo 36 se precisan las aplicaciones presupuestarias y el importe económico previsto para la financiación de dichas ayudas y, asimismo, que los importes de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia con los que se financiarán estas ayudas se podrán incrementar con fondos comunitarios, estatales o autonómicos, aportados al efecto.

Al disponer de nuevos fondos estatales enviados al efecto, se aprobaron los correspondientes expedientes de generación y ampliación de crédito, por lo que es necesario, mediante esta orden, ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente para la concesión de las mencionadas ayudas.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y haciendo uso de las facultades que me confieren los artículos 14 y 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladora de la Xunta y de su presidencia,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se amplía la dotación presupuestaria que se establece en la Orden de 30 de noviembre de 2010 (DOG nº 234, del 7 de diciembre de 2011), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al sector equino para su fomento y desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. El incremento de la dotación será de 38.547,89 euros con cargo a la aplicación 13.02.713-C.771.2 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2011.

3. En todo caso, la concesión de las ayudas reguladas en dicha orden estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

Disposición adicional

Única. La ampliación de crédito prevista en el artículo único de esta orden no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en dicha Orden de 30 de noviembre de 2010.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2011.

Samuel Jesús Juárez Casado
Conselleiro del Medio Rural