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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Miercoles, 17 de diciembre de 2003 Pág. 15.530

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 03/207).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, A Coruña.

Denominación: L.M.T., C.T., R.B.T. A Fraga.

Situación: Toques.

Características técnicas: línea eléctrica aérea de media tensión a 15/20 kV, con una longitud de 445 m, con origen en el apoyo nº 11 de la L.M.T. al C.T. San Xiao (expediente 137/2000) y final en el C.T. A Fraga, conductor tipo sección LA 56/54,6.

Centro de transformación intemperie, con una potencia de 25 kVA y una relación de transformación 15/0,380-0,220 kV.

Línea aérea de baja tensión, con origen en el C.T. A Fraga. En el término municipal de Toques.

El expediente se sometió a los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.

En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

María Elena Quintela Ares, en representación de los hrdos. de Luis Quintela Vázquez, como propietarios de la finca nº 1, alega error en las personas afectadas, pasando a ser usufructuaria Elena Ares García. Manifiesta también que el nombre que consta en la notificación no se corresponde con el de la finca, indicando también que la finca está plantada de árboles, solicitando que la L.M.T. se proyecte subterránea, dado que en caso contrario perdería sus características urbanísticas; el frente de la parcela da a la carretera de Melide a San Xiao.

Unión Fenosa Distribución, S.A. manifiesta que corrige la titularidad y que está a disposición de la afectada para indicarle cómo le afecta el trazado y que en la fase de levantamiento de actas previas se le indicará claramente la afección. Con respecto a la solicitud de realizar la traza subterránea menciona el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, R.T. L.A.T. y en especial el artículo nº 4. Que los perjuicios ocasionados, en caso de no llegar a un acuerdo amistoso, podrá reclamarlos en el momento de presentar hoja de aprecio, a fin de que el Jurado Provincial de Expropiación determine el justiprecio definitivo. Que el artículo nº 58 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, que establece la servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica no impide al dueño de la finca edificar en él dejando a salvo dicha servidumbre, siempre que sea autorizado por la Administración competente.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar, aprobar el proyecto de ejecución y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Innovación, Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.

A Coruña, 11 de noviembre de 2003.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña