De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero (BOE nº 13, del 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se indica la resolución del expediente administrativo instruido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y siguientes del Código Civil, por no ser posible dicha notificación en el último domicilio que consta en el expediente obrante en esta delegación provincial.
Los interesados podrán interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra que corresponda, sin necesidad de reclamación administrativa previa de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 3/1997, de 9 de junio, gallega de familia, infancia y adolescencia.
El correspondiente expediente obra en el Servicio de Familia, Infancia y Menores de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado en Vigo.
-Nº expediente: 2000/547-5.-Interesado: Camilo Costas Rial.-Interesada: Mª Teresa Fernández Plá.-Domicilio: desconocido.-Fecha: 22-10-2003.-Asunto: resolución administrativa de fecha 22 de octubre de 2003.
Vigo, 4 de noviembre de 2003.
Francisco J. González Vicente
Delegado provincial de Pontevedra
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES