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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Jueves, 04 de diciembre de 2003 Pág. 14.927

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2003, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifican puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Visto el acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Carral (A Coruña) con fecha de 20 de noviembre de 2003, relativo a la modificación de la clasificación del puesto de secretaría, actualmente de clase tercera, en secretaría de clase segunda correspondiente a la subescala de secretaría, categoría de entrada.

Esta Dirección General de Administración Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, con el artículo 159.1º del Real decreto 781/1986, de 18 de abril, y en los artículos 2 y 9 del Real decreto legislativo 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio, y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 13 bis de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de función pública de Galicia y en la Orden de 12 de febrero de 2003 sobre delegación de competencias, modificada por la Orden de 31 de octubre de 2003

RESUELVE:

Primero.-Modificar la clasificación del puesto de secretaría del Ayuntamiento de Carral (A Coruña) de clase tercera a clase segunda rerservándose a funcionario/as pertenecientes a la subescala de secretaría, categoría de entrada.

Segundo.-Crear puesto de intervención, clase segunda de dicho ayuntamiento, reservándose a funcionarios pertenecientes a la subescala de intervención-tesorería, categoría de entrada.

Contra la presente resolución, que pon fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Administración Local, en plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podrá impugnar directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha, según determina el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2003.

Alfonso Rueda de Valenzuela

Director general de Administración Local