Conforme con lo establecido en la Ley 5/1998, de cooperativas de Galicia, esta sociedad, agotados todos los requisitos exigidos por dicha ley, procede a la distribución de todo su patrimonio entre las socias en concepto de reintegro de capital social, cancelando así todo su activo y pasivo.
Arzúa, 27 de octubre de 2003.
Carmen Muíza Fernández
Liquidadora