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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Miercoles, 12 de noviembre de 2003 Pág. 13.956

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

DECRETO 405/2003, de 29 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto denominado C.L. de Penasinceira por Pin a Mazaira y Paradela.

La Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebrada el día nueve de mayo de dos mil tres, aprobó el proyecto denominado C.L. de Penasinceira por Pin a Mazaira y Paradela y, en la sesión del veintiocho de julio de dos mil tres, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte la Diputación Provincial de Lugo fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en

el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día veinte de octubre de dos mil tres.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día diez de octubre de dos mil tres.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que según señala la Diputación Provincial de Lugo, la actuación viene motivada por el grave problema de aislamiento que están experimentando los vecinos de las localidades de Pin de Abaixo y Vilargoncide, en el Ayuntamiento de Navia de Suarna; problema que motiva la necesidad de la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para ejecutar la obra, máxime cuando se avecina el período invernal, que imposibilitará la circulación rodada, pretendiéndose con esta actuación la solución del grave problema de incomunicación existente en dichas localidades.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de octubre de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Lugo a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto denominado C.L. de Penasinceira por Pin a Mazaira y Paradela, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, veintinueve de octubre de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Carlos Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Administración

Local