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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Martes, 28 de octubre de 2003 Pág. 13.328

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

ORDEN de 10 de octubre de 2003 por la que se crean determinados ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consellería de Medio Ambiente y en el organismo autónomo Aguas de Galicia.

La Constitución española, en su artículo 18.4º, dispone que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

En este sentido, la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, regula el tratamiento de datos de carácter personal registrados en soporte físico, así como el uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. En este marco, es objeto de esta regulación la garantía y protección de los derechos fundamentales y libertades públicas de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1º de dicha ley dispone que la creación, modificación o supresión de ficheros de las administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

La estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente viene establecida en el Decreto 14/2002, de 24 de enero, que resultó modificado por el Decreto 333/2002, de 22 de noviembre, y 23/2003, de 20 de enero.

El organismo autónomo Aguas de Galicia, regulado por el Decreto 108/1996, de 29 de febrero, se adscribe a la Consellería de Medio Ambiente a través del Decreto 310/2001, de 17 de diciembre.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 34.6º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su presidente, modificada parcialmente por la Ley 11/1988, de 20 de octubre.

DISPONGO:

Artículo 1º.-Objeto.

Esta orden tiene por objeto la creación de los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consellería de Medio Ambiente que se relacionan en el anexo.

Artículo 2º.-Contenido.

La información que, de acuerdo con el artículo 20.2º de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se exige para las disposiciones de creación de ficheros, está contenida en el anexo de esta orden, en cada uno de los ficheros creados.

Artículo 3º.-Finalidad y uso de los ficheros.

Los datos de carácter personal, registrados en los ficheros automatizados de la Consellería de Medio Ambiente, creados por la presente orden sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos en el anexo y por el personal debidamente autorizado.

Artículo 4º.-Cesión de datos.

En el supuesto de cesión de datos a las administraciones públicas habrá que atenerse a lo dispuesto en la normativa vigente respecto de esta materia.

Artículo 5º.-Órganos responsables de la seguridad de los ficheros.

Serán responsables de los ficheros las personas u órganos que, en cada caso, figuran en el anexo. Asimismo, en el citado anexo se enumeran las unidades ante las que se ejercerán los derechos de acceso, rectificación y cancelación, sin prejuicio de la responsabilidad directa que en la gestión y custodia de los datos corresponda al empleado público que esté al cargo del correspondiente fichero.

Artículo 6º.-Medidas de seguridad.

Las medidas de seguridad de los ficheros están especificadas en el correspondiente documento de seguridad en función del nivel en que éstos se clasifiquen.

Artículo 7º.-Derechos de acceso, rectificación y cancelación.

Las personas afectadas por los ficheros objeto de regulación en la presente orden, podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación ante los órganos previstos en el anexo de la presente orden para cada fichero, en los términos y condiciones previstos en los artículos 15 y 16 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, por la que se aprueban las normas reguladas para la protección de datos de carácter personal.

Disposición adicional

En caso de cesiones de dos datos a los servicios de Estadística de las administraciones públicas se estará, además, a lo dispuesto en la normativa vigente sobre materia estadística.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2003.

José Manuel Barreiro Fernández

Conselleiro de Medio Ambiente

ANEXO I

Fichero de la Secretaría General

Fichero: G sistema de gestión de expedientes sancionadores.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: sistema integrado para la gestión de expedientes sancionadores de la Consellería de Medio Ambiente.

b) Medidas de seguridad: nivel medio. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos (Consellería de la Presidencia y Administración Pública).

c) Estructura básica: bases de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, dirección.

d) Órgano responsable del fichero:

-Secretaría General.

-Consellería de Medio Ambiente.

e) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante la unidad o dependencia responsable del fichero, sita en la calle San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña).

f) Procedimiento de recogida de datos: formulario papel.

g) Cesión de datos: ninguna.

h) Personas o colectivos afectados: personas físicas o jurídicas objeto de dichos expedientes.

ANEXO II

Fichero de la Dirección General de Conservación

de la Naturaleza

Fichero: LICAPE, licencias de caza y pesca.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: licencias de caza y pesca.

b) Medidas de seguridad: nivel básico. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos (Consellería de la Presidencia y Administración Pública).

c) Estructura básica: bases de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.

d) Órgano responsable del fichero:

-Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

-Consellería de Medio Ambiente.

e) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante la unidad o dependencia responsable del fichero, sita en la calle San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña).

f) Procedimiento de recogida de datos: formulario papel.

g) Cesión de datos: ninguna.

h) Personas y/o colectivos afectados: personas que solicitan una licencia de caza y/o pesca.

ANEXO III

Fichero de la Dirección General de Montes

e Industrias Forestales

Fichero: F sistema integrado de gestión de ayudas.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: sistema integrado para la gestión de las ayudas.

b) Medidas de seguridad: nivel medio. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos (Consellería de la Presidencia y Administración Pública).

c) Estructura básica: base de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, dirección, y teléfono.

-Datos de circunstancias sociales: propiedades y posesiones.

-Datos económicos y financieros: datos bancarios y ayudas percibidas.

d) Órgano responsable del fichero:

-Dirección General de Montes e Industrias Forestales.

-Consellería de Medio Ambiente.

e) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante la unidad o dependencia responsable del fichero, sita en la calle San Lázaro s/n, 15781, Santiago de Compostela (A Coruña).

f) Procedimiento de recogida de datos: formulario papel.

g) Cesión de datos: Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia y al Fondo Español de Garantía Agraria.

h) Personas y/o colectivos afectados: personas propietarios dos montes que solicitan estas ayudas.

ANEXO IV

Fichero de la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental

Fichero: EIA, declaración de efectos o impactos ambientales.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: declaraciones de efectos o impactos ambientales.

b) Medidas de seguridad: nivel básico. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos (Consellería de la Presidencia y Administración Pública).

c) Estructura básica: base de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.

d) Órgano responsable del fichero:

-Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

-Consellería de Medio Ambiente.

e) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante la unidad o dependencia responsable del fichero, sita en la calle San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña).

f) Procedimiento de recogida de datos: formulario papel.

g) Cesión de datos: ninguna.

h) Personas y/o colectivos afectados: personas titulares de proyectos objeto de dichos procedimientos de declaración de efecto o impacto ambiental.

Fichero: ASR, informe actividades sujetas al RAMINP.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: informe de actividades sujetas a las previsiones del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP).

b) Medidas de seguridad: nivel básico. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos (Consellería de la Presidencia y Administración Pública).

c) Estructura básica: base de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.

d) Órgano responsable del fichero:

-Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

-Consellería de Medio Ambiente.

e) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante a unidad o dependencia responsable del fichero, sita en la calle San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña).

f) Procedimiento de recogida de datos: formulario papel.

g) Cesión de datos: ninguna.

h) Personas y/o colectivos afectados: personas titulares de proyectos objeto de dichos procedimientos de RAMINP (Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas).

Fichero: DAM, denuncias y reclamaciones ambientales.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: denuncias y reclamaciones ambientales.

b) Medidas de seguridad: nivel básico. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos (Consellería de la Presidencia y Administración Pública).

c) Estructura básica: base de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.

d) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante a unidad o dependencia responsable del fichero, sita en la calle San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña).

e) Procedimiento de recogida de datos: formulario papel.

f) Cesión de datos: ninguna.

g) Personas y/o colectivos afectados: personas físicas o jurídicas objeto de dichos procedimientos.

ANEXO V

Fichero del organismo autónomo Aguas de Galicia

Fichero de PERSONAL.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión del personal destinado en el organismo mediante la captura de datos relativos al colectivo y manteniendo un historial del personal que prestó servicios en el mismo.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal funcionario, laboral, y contratado administrativo, en sus diferentes modalidades, destinado en el organismo.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen mediante los expedientes personales, la aportación de datos por los interesados y mediante la documentación que surge de la actividad administrativa (ceses, tomas de posesión, reconocimiento de derechos, etc.).

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nº S.S./mutualidad, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, nº de registro de personal.

Datos de características personales: datos de estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, sexo.

Datos de circunstancias sociales: licencias, permisos y autorizaciones.

Datos académicos y profesionales: titulaciones.

Datos de detalle de empleo: cuerpo y/o escala, categoría y/u grado, puesto de trabajo, datos no económicos de nómina, historial del trabajador.

Datos económico-financieros y de seguros: ingresos y rentas, datos bancarios, datos económicos de nómina, datos deducciones impositivas/impuestos, subsidios y beneficios.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Secretaría General.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Secretaría General.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad medio.

Fichero de SICAP.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión de la contabilidad del organismo, que incluye el tratamiento de datos de contratistas, suministradores, proveedores, deudores del canon de saneamiento, sancionados por infracciones en materias de aguas y personas que perciban ayudas de costo y/o locomoción.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministralos:

Contratistas, suministradores, proveedores, deudores del canon de saneamiento, sancionados por infracciones en materias de aguas y personas que perciban ayudas de costo y/o locomoción.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen mediante aportación de los interesados en modelos formalizados y mediante documentación que surge de la actividad administrativa.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.

Datos económico-financieros y de seguros: ingresos y rentas, datos bancarios, datos de deducciones impositivas e impuestos.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Régimen Económico-Financiero.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Régimen Económico-Financiero.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad medio.

Fichero de HIDRA/DPH.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión de las autorizaciones y concesiones en materias de aguas, solicitadas a través del sistema de gestión de procedimientos administrativos de la Xunta de Galicia.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos:

Solicitantes de autorizaciones y concesiones.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen mediante aportación de los interesados y mediante documentación que surge de la actividad administrativa.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.

Datos de circunstancias sociales: propiedades y posesiones.

Datos de información comercial: actividades y negocios, licencias comerciales.

Datos económico-financieros y de seguros: datos bancarios.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad medio.

Fichero de AGUAS.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión de las autorizaciones, concesiones y sanciones en materias de aguas.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministralos:

Solicitantes de autorizaciones, concesiones, así mismo demandantes y demandados por sanciones.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen mediante aportación de los interesados, denuncia escrita de diferentes organismos o particulares y mediante documentación que surge de la actividad administrativa.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de carácter personal:

Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad medio.

Fichero de ARHIVO1.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión histórica de las autorizaciones y concesiones en materias de aguas que terminan el procedimiento administrativo anotándose en el Libro Registro de Aguas.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos:

Solicitantes de autorizaciones y concesiones.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen de la información existente en los expedientes administrativos terminados, iniciados en el fichero AGUAS.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad básico.

Fichero de ARCHIVO2.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión histórica de las autorizaciones y sanciones en materias de aguas que terminan el procedimiento administrativo no anotándose en el Libro Registro de Aguas.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos:

Solicitantes de autorizaciones, asimismo demandantes y demandados por sanciones.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen de la información existente en los expedientes administrativos terminados, iniciados en el fichero AGUAS.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad medio.

Fichero de APROVECHAMIENTOS.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión histórica de las autorizaciones y concesiones en materia hidroeléctrica.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos:

Solicitantes, promotores y concesionarios de autorizaciones y concesiones.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen mediante aportación de los interesados, por visitas sobre el terreno y mediante documentación que surge de la actividad administrativa.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas: infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y electrónico, teléfono.

Datos de circunstancias sociales: propiedades y posesiones, permisos y autorizaciones.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo.

Datos de información comercial: actividades y negocios.

Datos económico-financieros y de seguros: ingresos y rentas, inversiones y bienes patrimoniales, préstamos y avales, hipotecas.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plan de seguridad medio.

Fichero de CORRESP.

a) Finalidad y usos previstos del fichero:

Facilitar la gestión del canon de saneamiento, en particular la tramitación de expedientes y la emisión de liquidaciones.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos:

Personas físicas y jurídicas sujetas al canon de saneamiento.

c) Procedimiento de recogida de datos:

Se recogen mediante aportación de los interesados, inspecciones, empresas suministradoras de aguas y mediante documentación que surge de la actividad administrativa.

d) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

e) Descripción de los tipos de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono.

Datos de características personales: datos de estado civil, datos de familia.

Datos de circunstancias sociales: propiedades y posesiones, licencias, permisos y autorizaciones (título familia numerosa).

Datos económico-financieros y de seguros: ingresos y rentas, inversiones y bienes patrimoniales, datos deducciones impositivas/impuestos.

f) Cesión de datos que se prevén:

Ninguna.

g) Responsable del fichero:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

h) Órgano ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

La Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico.

i) Medidas de seguridad:

Se establecerá un plano de seguridad medio.

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES