Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de Pontevedra, facultado por el Decreto 70/1993, del 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. En caso de conformidad con estas resoluciones, deberán hacer efectiva la multa mediante ingreso que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA,
transacción 1316, NIF S1511001H, clave 390005, en Caixa Galicia cta. contable 840 código 001 o en Caixanova Recaudación Xunta modelo XTAX, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso de alzada dentro de plazo, y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14 de enero).
Para que conste, y les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE número 285, del 27 de noviembre) modificada por la Ley 4/1999 citada anteriormente, expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra, 10 de septiembre de 2003.
Mª Cruz Tomé Navas
Jefa del Servicio Provincial de Transportes de
Pontevedra
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.K. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-2583-AJ
G.C. de Tráfico Xiabre-Guillán, 39
36613 Vilagarcía de Arousa
(Pontevedra)
27-2-2003; 16.45; C-531; 1.000
art. 201 R.D. 1211/1990 PO-2321-W
G.C. de Tráfico Fernando Olmedo, 36-1º
36002 Pontevedra
19-2-2003; 14.30; N-558; 3,500 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 C-7838-BD
G.C. de Tráfico Av. Porteliña, 25
36994 Poio (Pontevedra)
19-6-2002; 16.20; A-9; 137 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 0354-BKC
G.C. de Tráfico Avda. Vilaboa, 21-4º A
15174 Culleredo (A Coruña)
9-10-2002; 8.15; A-52; 304
art. 201 R.D. 1211/1990PO-00032-O-2003
Guillermo Augus dos Santos de Los Ángeles
Realizar un transporte careciendo de autorización. Transporta chatarra. Ostenta distintivos de ámbito autonómico. Servicio privado.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30). Art. 103 Ley 16/1987 y art. 58 del R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987,
300 euros
PO-00233-O-2003
Mamadou Niang
Circular transportando cargamento variado de mercado, bolsas, gafas de sol, desde Marín a Pontevedra careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros
PO-03334-O-2002
Galberbac, S.L.
Circular transportando bacalao salado con un permiso de mercancías perecederas caducado, fecha 5/2002, plazo vencido día 10-5-2002. Carece de tarjeta de transportes y distintivos. Circular transportando bacalao con cantidad de 772 kg y 416 kg careciendo de la correspondiente tarjeta visado de transporte en vigor. Carece de distintivos de ámbito. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros
PO-04096-O-2002
Exclusivas Ferco, S.L.
Circular con el vehículo reseñado no llevando a bordo el preceptivo contrato de arrendamiento. No llevar a bordo fotocopia compulsada de la autorización administrativa de transportes, referida a la empresa titular. Presenta autorización ASCC válida hasta 30-6-2002 (fotocopia).
Art. 17 de la Orden de 20 de julio de 1995, sobre el arrendamiento de vehículos sin conductor (BOE nº 183, del 2 de agosto) art. 23 de la O.M. 20-7-1995 (BOE del 2 de agosto) Art. 143 Ley 16/1987,
90 euros