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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 07 de octubre de 2003 Pág. 12.496

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 11 de septiembre de 2003 por la que se aprueba el cambio de dominio de las bateas Solla I y A II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de las bateas Solla I y A II de las concesiones administrativas que los amparan, resulta:

A) Antecedentes de hecho:

Primero.-Mediante escrito de fecha 28-5-2003, Paulino García Canda en nombre y representación de Mejillones Julio, S.L. solicitó autorización para la transmisión de las concesiones de las bateas Solla I y A II.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de las bateas y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

B) Fundamentos jurídicos:

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden

de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Julio García Cortegoso (78734707-A), de las concesiones que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Solla I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 42.

Polígono: D.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 29-9-1959 (BOE nº 47).

Fin de la vigencia: 15-10-2004.

Actual titular: Mejillones Julio, S.L. (B36328011).

Nuevo titular: Julio García Cortegoso (78734707-A).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: A II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 36.

Polígono: A.

Distrito: Vigo (Pontevedra).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 3-10-1973.

Fin de la vigencia: 22-6-2012.

Actual titular: Mejillones Julio, S.L. (B36328011).

Nuevo titular: Julio García Cortegoso (78734707-A).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 11 de septiembre de 2003.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Paloma Rueda Crespo

Delegada territorial de Pontevedra