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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 192 Viernes, 03 de octubre de 2003 Pág. 12.370

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 1 de octubre de 2003 por la que se modifica la de 14 de julio de 2003 en la que se determinan los servicios mínimos que hay que mantener durante la huelga convocada en la empresa Castromil, S.A.

Por orden de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, de 14 de julio de 2003 (DOG del 17 de julio), se aprobaron los servicios mínimos que hay que mantener durante la huelga convocada en la empresa Castromil, S.A.

Por la representación sindical y la empresa concesionaria se presentaron alegaciones a efectos de adecuar los servicios mínimos aprobados a lo establecido en el Decreto 61/1985, de 18 de abril, que regula los servicios esenciales de transporte por carretera, en el supuesto de huelga, en el ámbito de la Comunidade Autónoma de Galicia.

Teniendo en cuenta esas alegaciones procede modificar los servicios mínimos de manera que la Orden de 14 de julio de 2003, queda con la siguiente redacción:

Ante la convocatoria de huelga presentada en la empresa Castromil, S.A. que tendrá lugar entre las 00.00 horas y las 24.00 horas de los días: 18 y 24 de julio; 1, 8, 14, 22 y 29 de agosto; 5, 12, 19 y 26 de septiembre; 3, 10, 17, 24 y 31 de octubre; 7, 14, 21 y 28 de noviembre; 5, 12 y 19 de diciembre, del presente año 2003, procede que, de conformidad a lo establecido en el artículo 3 del Decreto 155/1988, de 9 de junio, esta consellería determine los servicios mínimos que permitan, en consonancia con lo establecido en el artículo 28.2º de nuestra Constitución compaginar el ejercicio legítimo del derecho a la huelga de los trabajadores con el mantenimiento de los servicios esenciales a la comunidad.

En su virtud y de conformidad con lo establecido en el Decreto 61/1985, de 18 de abril y en el Decreto 155/1988, de 9 de junio,

DISPONGO:

Artículo 1º

Los servicios mínimos que deberán mantenerse durante la huelga convocada en la empresa Castromil, S.A. serán los siguientes:

A) Servicios concesionales:

1. V-7059; XG-433

* Ferrol-A-9-Santiago de Compostela-A-9-Pontevedra-A-9-Vigo.

Salidas de Ferrol: 11.30 y 18.30 h.

Salidas de Vigo: 7.30 y 19.30 h.

* A Coruña-A-9-Santiago de Compostela-A-9-Pontevedra-A-9-Vigo:

Salidas de A Coruña: 8.00 y 18.01 h.

Salidas de Vigo: 13.30 y 18.30 h.

* A Coruña-Ordes-Santiago de Compostela, por N-550:

Salidas de A Coruña: 8.00 y 18.15 h.

Salidas de Santiago de Compostela: 6.30 y 18.15 h.

* A Coruña-A-9-Santiago de Compostela-Lalín-Ourense.

Salida de A Coruña: 21.00 h.

Salida de Ourense: 18.01 h.

* A Coruña-A-9-Santiago de Compostela-Noia-Ponte Nafonso-Muros:

Salidas de A Coruña: 12.00 y 19.00 h.

Salidas de Muros: 7.15 y 18.01 h.

* Santiago de Compostela-Padrón-Vilagarcía de Arousa-Cambados-Vilalonga-Sanxenxo-Portonovo-O Grove-A Toxa:

Salida de Santiago de Compostela: 11.30 h.

Salida de A Toxa: 7.30 h.

* Santiago de Compostela-Padrón-Caldas de Reis-Pontevedra-Redondela-Vigo:

Salida de Santiago de Compostela: 12.00 h.

Salida de Vigo: 9.00 h.

* Santiago de Compostela-Padrón-Caldas de Reis-Pontevedra-A-9-Vigo:

Salida de Santiago de Compostela: 20.15 h.

Salida de Vigo: 18.15 h.

* Santiago de Compostela-Lalín-Ourense:

Salidas de Santiago de Compostela: 13.45 h.

Salidas de Ourense: 6.45 h.

* Santiago de Compostela-Cuntis- Moraña:

Saída de Santiago de Compostela: 13.30 y 19.00 h.

Salida de Moraña: 7.15 y 18.01 h.

* Pontevedra-Moraña-Cuntis:

Salida de Pontevedra: 13.15 y 19.00 h.

Salida de Cuntis: 8.00 y 18.01 h.

* Bouzas-Vigo-Pontevedra-Vilagarcía de Arousa-Ribeira:

Salida de Bouzas: 10.30 h.

Salida de Ribeira: 7.00 h.

* Bouzas-Vigo-Pontevedra-Vilagarcía de Arousa:

Salida de Bouzas: 19.30 h.

Salida de Vilagarcía de Arousa: 18.01 h.

2. Concesión: V-0527; XG-034.

Concesionario: Castromil, S.A.

* Antas-Racelo-A Lama-Ponte Caldelas-Redondela-Vigo:

De lunes a viernes laborables:

Salidas de Antas: 7.30 h.

Salidas de Vigo: 19.00 h.

3. Concesión V-7066; XG-440.

Concesionario: Castromil, S.A.

* Puente internacional-Tui-O Porriño-Pontevedra:

De lunes a viernes lectivos:

Salidas de puente internacional: 7.15 y 18.01 h.

Salidas de Pontevedra: 12.00 y 19.00 h.

De lunes a viernes no lectivos:

Salidas de puente internacional: 7.50 y 18.01 h.

Salidas de Pontevedra: 12.00 y 19.00 h.

B) Servicios regulares de uso especial para transporte de obreros y funcionarios.

Todos los servicios en las expediciones anteriores a las 9.00 h y posteriores a las 18.00 h.

C) Servicios regulares de uso especial para transporte de escolares y estudiantes.

Deberán mantener todos los servicios de escolares y estudiantes en las expediciones normalmente establecidas de lunes a viernes lectivos.

Artículo 2º

El incumplimiento de la obligación de atender los servicios mínimos fijados en esta orden, será sancionado de conformidad con la legislación vigente.

Artículo 3º

Lo dispuesto en la presente orden no supondrá ninguna limitación de los derechos que la normativa reguladora de la huelga les reconoce a los trabajadores.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2003.

Alberto Núñez Feijóo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda