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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Viernes, 26 de septiembre de 2003 Pág. 12.124

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA

ANUNCIO (PPA 1/2002).

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 7 de julio de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.-Resolver las alegaciones formuladas por Saturnino Vázquez Morano, presidente de la comunidad de propietarios del polígono de Pocomaco, Ángel Freire Rodríguez, jefe de Patrimonio de Galicia de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (Renfe) y Manuel Meizoso Vázquez, administrador único de la sociedad Pocomaco Servicios, S.A., en el sentido

de lo informado por los técnicos municipales, remitiéndoles la integridad del informe municipal contestatorio de sus alegaciones, así como el presente acuerdo y reconocerles su condición de interesados en el expediente administrativo.

Segundo.-Aprobar definitivamente el Plan parcial del sector de suelo urbanizable S-4 Vío, promovido por el ayuntamiento y formulado por Promotora de Viviendas Urbanas, S.L. en su condición de adjudicataria del concurso para el desarrollo de las actividades y trabajos urbanísticos necesarios para la completa urbanización y puesta en funcionamiento de uno de los dos polígonos en que habrá de dividirse el sector de suelo urbanizable Vío, condiconado a la presentación de un segundo texto refundido, en el plazo máximo de un mes, en el que se cumplan las siguientes observaciones:

a) En el vial 2 del polígono se contemplará la ejecución de dos carriles de circulación por sentido de 3,50 metros cada uno y una mediana de 1 metro para enlazar adecuadamente con el sistema general viario VG-S4.02.

b) Se habrá de indicar el punto de entronque más adecuado para las redes de aguas residuales y pluviales, contemplando los viarios públicos peatonales la recogida de aguas pluviales.

c) Se canalizarán subterráneamente por los nuevos viarios públicos las línas eléctricas de alta tensión que cruzan aéreamente el ámbito del plan parcial; asimismo, todos los centros de transformación serán subterráneos.

d) Con respecto a la red de telecomunicaciones se contemplará una canalización única por donde discurrirán los distintos operadores adaptándose a los criterios municipales, en cuanto al tipo y número de tubos, arquetas de paso y conexiones con las I.C.T.

e) Se incluirá en la memoria del plan parcial la ordenanza estética de cierres.

f) Se preverá la red de saneamiento en el vial 10 del polígono.

g) La canalización que vierte libremente al espacio libre Z1-EL3 se conectará con la red de pluviales, y por ello con la acometida a la red general.

h) Se hará constar expresamente en la memoria que en cuanto al régimen de autorizaciones para pasos bajo las vías de ferrocarril y para la edificación en la zona de afección del dominio público ferroviario se estará a lo dispuesto en la Ley de ordenación de los transportes terrestres y su reglamento.

La eficacia de la aprobación definitiva del plan parcial se condiciona a la efectiva subsanación de las citadas observaciones en el plazo indicado.

Tercero.-Publicar el presente acuerdo, en el plazo máximo de un mes, en el Diario Oficial de Galicia, así como la normativa del plan parcial en el BOP.

Cuarto.-Diligenciar el documento de plan parcial en su integridad, haciendo constar que su aprobación definitiva está condicionada a la subsanación de observaciones por Promotora de Viviendas Urbanas, S.L.

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a todos los propietarios afectados, haciéndoles constar que dispondrán del plazo de un mes, desde que reciban la notificación, para interponer recurso de reposición en vía administrativa y de dos para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Sexto.-Una vez presentado el segundo texto refundido, informado favorablemente por el ingeniero de caminos municipal y el arquitecto municipal y diligenciado en su integridad por el secretario municipal, remitir una copia completa del expediente administrativo, así como dos ejemplares del documento, al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, al objeto de cumplir con lo indicado en el artículo 92.3º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a aquel en el que se practicó la notificación o, en su caso, la publicación; todo ello de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 46 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

Lo que se publica para general conocimiento y para surtir los efectos previstos en el presente acuerdo.

A Coruña, 11 de julio de 2003.

El alcalde

P.D.

José Luis Méndez Romeu