El pleno del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en su sesión de 30 de junio de 2002, aprobó definitivamente el Plan parcial del suelo urbanizable no programado número 1 (SUNP-1) de Meixonfrío, promovido por los servicios técnicos municipales.
El acto de aprobación definitiva del citado plan parcial fue comunicado a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda con fecha de 28 de julio de 2003, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 92.3º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 92.2º de la citada ley, se publicó en el BOP número 182 el día 9 de agosto de 2003, el texto íntegro de la normativa.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva del plan parcial se podrá interponer directamente recurso contencioso-admnistrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Santiago de Compostela, 25 de agosto de 2003.
Xosé A. Sánchez Bugallo
Alcalde