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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Jueves, 04 de septiembre de 2003 Pág. 11.287

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VIGO

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2003 por la que se nombra profesora titular de universidad del área de conocimiento de derecho mercantil, del departamento de Derecho Privado, a María del Mar Maroño Gargallo (plaza 91/2001).

De conformidad con la propuesta formulada por la comisión constituida para juzgar el concurso convocado por resolución de esta universidad de 5 de noviembre de 2001 (BOE del 26 de noviembre) para la provisión de una plaza de profesor titular de universidad del área de conocimiento de derecho mercantil, del departamento de Derecho Privado, a favor de María del Mar Maroño Gargallo, con documento nacional de identidad número 33279654-B, cumpliendo la interesada los requisitos a que alude el apartado 2º del artículo 5 del Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,

Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a María del Mar Maroño Gargallo profesora titular de universidad del área de conocimiento de derecho mercantil, del departamento de Derecho Privado.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por la interesada, que deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes citado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, modificadora de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 30 de julio de 2003.

Domingo Docampo Amoedo

Rector de la Universidad de Vigo