Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de Pontevedra, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. En caso de conformidad con estas resolucio
nes, deberán hacer efectiva la multa mediante ingreso que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, clave 390005, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso de alzada dentro de plazo, y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE número 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).
Para que conste, y les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE número 285, del 27 de noviembre) modificada por la Ley 4/1999 citada anteriormente, expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra, 13 de junio de 2003.
P.A.
Mª Cruz Tomé Navas
Instructora
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
M-0354-NL
G.C. de Tráfico Porteliña, 25
36994 Poio (Pontevedra)
24-4-2002; 12.20; C-531; 0,500 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 PO-3492-BF
G.C. de Tráfico Seixo-Darbo,34
36940 Cangas (Pontevedra)
16-5-2002; 13.00; N-55; 132,700
art. 201 R.D. 1211/1990 M-6756-WT
G.C. de Tráfico Av. de Santiago, 76
15830 Negreira (A Coruña)
22-7-2002; 17.40; N-550; 101
art. 201 R.D. 1211/1990 M-2824-ND
G.C. de Tráfico Sierra, 36-1º
36002 Pontevedra
31-8-2002; 3.15; C-550; 91.500 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 PO-8474-BL
G.C. de Tráfico Hermanos Nodales, 6 B
361 Pontevedra
30-8-2002; 9.20; C-531; 0.700 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 OR-8636-T
G.C. de Tráfico Río Sil, 1-1º izq.
32001 Ourense
24-8-2002; 15.55; N-525; 306.400 decreto 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 C-9791-BJ
G.C. de Tráfico Asados Marquesa, s/n
15920 Rianxo (A Coruña)
7-6-2002; 17.22; A-9; 129 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990PO-01803-O-2002
Tig Noventa y Ocho, S.L.
Circular transportando planchas de hierro, careciendo de autorización de transporte. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros
PO-02166-O-2002
Alberto Martínez González
Circular transportando 80 kg de gruños, careciendo de la correspondiente tarjeta de transporte. Presenta un ejemplar caducado en noviembre de 2001. Servicio privado.
Artículo 199 b) del Real decreto 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987,
30 euros
PO-02725-O-2002
Jujosag Dos Mil de Alimentación, S.L.
Realizar un transporte de productos de alimentación careciendo el vehículo de todos los distintivos de la clase y ámbito para la tarjeta que posee. Servicio privado complementario.
O.M. 25 de octubre de 1.990 (BOE del 30) Art. 143 Ley 16/1987,
90 euros
PO-02840-O-2002
Papa Mboup
Circular con el vehículo indicado transportando bolsos, cintos, ropa, etc., careciendo de la tarjeta de transportes. Servicio privado complementario.
Art. 103 Ley 16/1987 e
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros
PO-03056-O-2002
Comercial Gallega Boj, S.L.
Realizar un transporte careciendo de la correspondiente autorización que le habilite para realizarlo. Transporta dos palés, uno de guarnición y otro de melamina. Servicio privado complementario.
Art. 103 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros
PO-03272-O-2002
Manuel Varela Iglesias
Efectúa transporte de mercancías careciendo de autorización. Transporta tierra autopista Santiago de Compostela-Dozón. Servicio público.
Artículo 199 b) del Real
Art. 143 Ley 16/1987,
30 euros
PO-03389-O-2002
Pinturas Primo, S.L.
Realizar un transporte de mercancías careciendo de autorización. Transporta andamios. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros
M-7979-LD
G.C. de Tráfico Avda. de la Estación, 2-2º C
36003 Pontevedra
23-10-2002; 14.45; N-550; 130,200 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990PO-03645-O-2002
Excavaciones Juncal, S.L.
Realizar transporte privado complementario, careciendo de la correspondiente tarjeta que la habilite para realizarlo, dicho vehículo va enganchado a un remolque de peso máximo 750 kg, transporta un bidón de gasóleo de 200 l, unha bomba de bombeo y un cazo de una pala. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
150 euros