En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación de Armadores de Buques Pesqueros Porto de Ríos, que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán ser socios los armadores de buques pesqueros que estén dados de alta como tales en el régimen general de autónomos o similares.
Firman el acta de constitución: Juan Baldomar Santos y cinco personas más.
Santiago de Compostela, 16 de junio de 2003.
Pilar Cancela Rodríguez
Directora general de Relaciones Laborales