Por medio de esta cédula se requiere a los fiadores, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, para que, habiendo devenido firmes las resoluciones sancionadoras que se citan en el mismo sin que los sancionados las hubiesen abonado, procedan al pago de las mismas.
Se les requiere para que en el plazo de 15 días hábiles abonen el importe de dicha sanción, mediante ingreso que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF: S1511001H, clave 390001, con el apercibimiento de que de no hacerlo efectivo en dicho plazo se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en la legislación vigente.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados garantes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 10 de abril de 2003.
Carlos A. González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
-Fiador-Última dirección conocida
89-10-QF
G.C. de Tráfico Internacionais, Lda.
Cidade de Leiria, 1 CV2
2900 Setubal (Portugal)
11-7-2001; 12.05; A-52; 261
art. 201 R.D. 1211/1990
Toledo, 13
Cabanillas del Campo
Guadalajara
39-35-KA
G.C. de Tráfico Chaves, Lda.
Lg. da Estaçao, 0
Chaves (Portugal)
5-4-2001; 11.05; N-120; 667
art. 201 R.D. 1211/1990 Lugar Vaqueira, 126
Feces de Abaixo-Verín
(Ourense)
89-08-QF
G.C. de Tráfico Internacionais, Lda.
Calle Cidade de Leiria, 1
Cave 2
2900 Setubal (Portugal)
20-10-2000; 11.20; A-52; 304
art. 201 R.D. 1211/1990
C/ Agua, 42
Torrejón del Rey
(Guadalajara)
OU-02424-O-2001
Transcuenca Transportes
No ofrecer garantías de funcionar correctamente el tacógrafo del vehículo por haber transcurrido más de dos años desde la última inspección del tacógrafo. Fecha última inspección 13-4-1999.
R(CE) 3821/1985 Art. 143 Ley 16/1987,
300,51 A Pablo M. Rdguez. Queirolo
PO-01053-O-2001
Transportadora Moderna de
No haber realizado la revisión periódica obligatoria del tacógrafo. Caducada desde el 3-8-2000. Tacógrafo marca Kienzle 1314.26. Nº 0104186. Servicio público.
R(CE) 3821/1985 Art. 143 Ley 16/1987,
300,51 A José Blanco Martínez
PO-02598-O-2000
Transcuenca Transportes
Llevar la carga mal acondicionada cayendo esta sobre la calzada con peligro grave y directo para las personas, causando daños en la vía.
Art. 200 R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987,
2.764,66 A Francisco Javier Cid Cobeña