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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Martes, 06 de mayo de 2003 Pág. 5.697

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 8 de abril de 2003 por la que se acuerda la enajenación de la embarcación Punta Fisterra.

El buque Punta Fisterra es propiedad de la Comunidad Autónoma de Galicia, y está adscrito a la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, matriculado en Ferrol, folio 00002, lista 8ª.

Su construcción fue adjudicada en su día a Astilleros y Talleres Ferrolanos, S.L., siendo entregado a la consellería en 1990.

En la actualidad, su operatividad quedó muy reducida por la obsolescencia de su diseño y por la antigüedad y deterioro de sus máquinas y estructura, hallándose el buque fondeado en el puerto de Vigo.

En el mes de septiembre de 2002 la Autoridad Portuaria de Vigo remitió escrito a esta consellería haciendo constar la situación de infrautilización y deterioro de dicho buque y la existencia de varios interesados en su adquisición.

A la vista de lo anterior se inició expediente para la enajenación de dicha embarcación, procediéndose según lo señalado en los artículos 34 de la Ley 3/1985,

de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 94 y ss. del Reglamento para la ejecución de la misma, aprobado por Decreto 50/1989, de 9 de marzo, preceptos que atribuyen a competencia para enajenar los bienes muebles de la Comunidad Autónoma al titular de la consellería que los viniese utilizando (el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos en este caso), cuando el valor de los mismos no excediese de 60.200 A, como acontece con la citada embarcación, tasada por la Secretaría General y del Patrimonio en 24.161,03 A.

La enajenación se articula a través del procedimiento de contratación directa, tal y como permiten los artículos 34 y 35 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 94 a 96 del Reglamento para la ejecución de la misma, aprobado por Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por ser el valor de tasación de la embarcación inferior a 60.200 A, y por existir razones suficientes para acudir a la modalidad de enajenación por contratación directa, toda vez que existe urgencia para retirar la embarcación del puerto de Vigo, manifestada reiteradamente por la Autoridad Portuaria de Vigo, y porque es conveniente agilizar los trámites de enajenación para evitar el deterioro progresivo que está sufriendo la embarcación, que supone una constante pérdida de valor de la misma.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acuerda la enajenación del buque Punta Fisterra a través del procedimiento de contratación directa, de conformidad con los artículos 34 y 35 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 94 a 96 del Reglamento para la ejecución de la misma, aprobado por Decreto 50/1989, de 9 de marzo, al ser su valor de tasación inferior a 60.200 A, y por existir urgencia para retirar la embarcación del puerto de Vigo, manifestada reiteradamente por la Autoridad Portuaria de Vigo, y para agilizar los trámites de enajenación a fin de evitar el deterioro progresivo que está sufriendo la embarcación, que está produciendo la constante devaluación de la misma. El importe mínimo de dicha enajenación será de 24.161,03 A.

Artículo 2º

Se anuncia la referida enajenación en las condiciones indicadas en el anexo a la presente orden, cumpliendo con lo dispuesto en los artículos 34.4º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 94.4 del Reglamento para la ejecución de la misma, aprobado por Decreto 50/1989, de 9 de marzo, y también en los tableros de las delegaciones territorales de esta consellería y de la Autoridad Portuaria de Vigo, para que los interesados presenten ofertas en el plazo de 15 días hábiles, respetando el plazo mínimo establecido para el cumplimento de trámites por los inte

resados en el artículo 76.1º da Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 3º

Los gastos derivados de los anuncios y demás que procedieran serán a cargo del adjudicatario del bien enajenado.

Santiago de Compostela, 8 de abril de 2003.

Enrique César López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos

ANEXO

Anuncio para la enajenación del buque Punta Fisterra, propiedad de la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Embarcación denominada Punta Fisterra.

-Lugar de atraque: muelle del puerto de Vigo, dársena nº 1.

-Presupuesto mínimo/cuantía mínima de la oferta: 24.160 A.

-Obtención de información sobre las características técnicas de la embarcación: Servicio de Supervisión y Control. Domicilio:

Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos,

Edificio Administrativo San Caetano,

Santiago de Compostela, C.P. 15781,

Tfno. 981 54 40 65, fax 981 54 40 37.

-Lugar de presentación de las ofertas: en el registro de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos en Santiago de Compostela (sito en los edificios administrativos del complejo administrativo de San Caetano, con el domicilio anteriormente señalado), en horas de oficina, o por correo certificado dirigido a la Subdirección General de Gestión Presupuestaria y Contratación (con idéntico domicilio). Cuando las ofertas se remitan por correo, deberán justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciarle al órgano competente la remisión de la oferta mediante telex o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el citado órgano competente con posterioridad a la fecha en la que finaliza el plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, cinco días naturales siguientes a la indicada fecha sin recibir la oferta, ésta no será admitida en ningún caso.

-Forma de presentación de las ofertas: se presentarán en un único sobre cerrado, pudiendo estar lacrado, acompañándolo de la siguiente documentación:

a) Documentación acreditativa de la personalidad:

*Empresarios individuales:

-Fotocopia compulsada del DNI de la persona titular o propietaria de la empresa. Se expresarán las circunstancias personales y el domicilio actual.

*Personas jurídicas:

-Fotocopia compulsada del CIF.

-Copia autenticada o compulsada de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil. Si no lo fuese, copia autenticada o compulsada de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.

b) Documentación acreditativa de la representación: los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán presentar copia compulsada del DNI del o de los apoderados, o documento que reglamentariamente lo substituya, del o de los apoderados.

Si el poderdante fuese una empresa individual, se acompañará copia autenticada o compulsada de la escritura de poder notarial otorgada por el titular o propietario de la empresa.

Si el poderdante fuese una persona jurídica, se aportará copia autenticada o compulsada de la escritura de constitución de la sociedad, y modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, con aquellos particulares de los estatutos o de los acuerdos sociales de los que se deduzca la representación. Si ésta no resultase únicamente de los mismos, se presentará además escritura de poder notarial para justificarla, inscrita en el Registro Mercantil.

Con la finalidad de justificar adecuadamente la representación, el correspondiente poder de representación deberá tener justificada a su suficiencia (bastanteo) por letrado de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia.

c) Garantía provisional: los interesados en la adquisición del buque deberán acreditar haber constituido una garantía provisional mediante aval bancario o seguro de caución por importe del 2% del presupuesto mínimo de la oferta, a fin de garantizar la seriedad de las ofertas, procediendo la incautación de la misma en el caso de que el adjudicatario no cumpla con la oferta realizada.

d) Oferta económica: se formalizará por escrito siguiendo el modelo que figura más abajo.

-Todos los gastos que se deriven de la enajenación (anuncios, impuestos, arbitrios, tasas notariales, registrales, o cualquier otro) serán por cuenta del adjudicatario.

-Fecha límite para la presentación de las ofertas: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

-La embarcación se podrá visitar la semana siguiente a la de la publicación de este anuncio en días laborables, lunes a viernes inclusive, en horario de mañana, de 10 a 12 horas, en la dársena nº 1 del puerto de Vigo donde se halla atracada.

MODELO DE OFERTA ECONÓMICA

Don/doña

con domicilio en

C.P. , provisto de DNI núm. expedido

en , con fecha , en nombre propio o en

representación de , CIF núm. ,

(cuya representación acredita con la escritura de poder que, bastanteada en forma, acompaña), sabedor de la licitación por (invitación, prensa, publicación oficial, póngase fecha del documento en cuestión)

y de las condiciones y requisitos que se exigen para concurrir a la adjudicación del contrato de enajenación de este bien mueble,

DECLARA:

1º Que conoce las condiciones que le sirven de base a la convocatoria del citado contrato, e que las acepta incondicionalmente en la totalidad de su contenido.

2º Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar y que se compromete en nombre..(propio o de la empresa a la que representa) a cumplir el contrato con estricta sujeción a los documentos citados de acuerdo con la siguiente oferta:

-Precio (en letras y números)

3º Asimismo, se compromete al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.

Lugar, fecha y firma del interesado